ULTIMÁTUM PARA UNAS CONSTRUCCIONES IRREGULARES EN EL MONTSIÀ

Alcanar debe derribar 32 casas ilegales

SÍLVIA BERBÍS
ALCANAR

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

Llegó el ultimátum. La jueza no ha dado tregua y, con recriminación incluida, ha rechazado la estrategia del Ayuntamiento de Alcanar (Montsià) de derivar a la promotora Turov SL el cumplimiento de su orden judicial de derribo de 32 viviendas ilegales en la urbanización Serramar, construidas con una licencia no ajustada a ley. El Tribunal Contencioso-Administrativo número 2 de Tarragona ha requerido al consistorio que ejecute la demolición sin más demora, en un plazo de dos meses que concluirá el 22 de marzo. El alcalde, Alfons Montserrat, de Esquerra Republicana (ERC), aseguró ayer que ha encargado a los servicios jurídicos municipales la tarea de analizar cualquier posible brecha legal que, agotada toda posibilidad de recurso, permita frenar el requerimiento y evitar que los vecinos propietarios pierdan unas casas que han pagado o están pagando.

En su interlocutoria del pasado 22 de enero, la jueza Crescencia del Pozo Prieto, en respuesta a la resolución del ayuntamiento de ordenar a la sociedad Turov SL que presentara un proyecto para «restablecer la legalidad urbanística en la zona», usando la misma terminología de la sentencia judicial inicial, aclara que este restablecimiento ha de llevarse a cabo «con la demolición de las obras implementadas» y que esta corresponde al consistorio.

ADVERTENCIA / Es más, la jueza advierte al ayuntamiento de que si no cumple, el juzgado adoptará las medidas previstas en el artículo 112 de la ley reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa, que prevé multas a las autoridades responsables y la exigencia de responsabilidades penales. «La presentación de un nuevo proyecto no puede amparar mantener la construcción de unas viviendas edificadas contraviniendo la normativa urbanística vigente en el momento en que fue concedida la licencia declarada nula», recuerda el tribunal.

Concretamente, en el 2003 el Ayuntamiento de Alcanar concedió licencia para construir las 32 viviendas que la jueza ordena demoler en una parcela que solo admitía nueve chalets unifamiliares. No fueron las únicas que incumple el Plan General de Ordenación Urbana. Entre 1997 y el 2003 se otorgaron medio centenar de licencias en la zona que permitieron construir 615 viviendas cuando el plan solo permitía 180. Pero no han sido denunciadas, como sí ha ocurrido con la promoción de Turov SL, puesto que una vecina optó por denunciar el caso al sentir perjudicada su propiedad limítrofe.

Lo único que podría evitar el derribo de las viviendas, apunta la jueza, sería la imposibilidad legal o material de llevarlo a cabo. La imposiblidad material se daría si implica afectar a propiedades ajenas, lo que no es el caso; y la legal, si existiera otra sentencia contradictoria. Sin embargo, el alcalde intentará buscar una salida que, admite, no parece fácil. «El caso empieza a no invitar demasiado al optimismo», apunta Montserrat.

INDEMNIZACIÓN A LOS PROPIETARIOS / La Delegació del Govern en las comarcas del Ebro ha mostrado su disposición a interceder ante la dirección general de Urbanisme para encontrar alguna brecha legal, como la que apuntan los vecinos afectados, quienes recuerdan que no han sido considerados parte en el proceso judicial que ha derivado en la sentencia definitiva de derribo. Si finalmente la demolición resulta inevitable, el consistorio tendrá también que plantear cómo reparar el daño causado a los propietarios por la vía indemnizatoria.