La UE adopta directiva de tráfico para que lleguen las multas de otros países

El intercambio transfronterizo de datos sobre infracciones de tráfico que permitirá que las multas por delitos cometidos en otro país comunitario lleguen a los conductores

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El Consejo de la Unión Europea (UE) ha adoptado este lunes una directiva para el intercambio transfronterizo de datos sobre infracciones de tráfico que permitirá que las multas por delitos cometidos en otro país comunitario lleguen a los conductores. Las nuevas reglas entrarán en vigor en todos los países de la UE a partir de 2017, según ha informado este lunes el Consejo, en el que están representados los Estados miembros.

En concreto, se ha ampliado el alcance de las normas existentes para incluir al Reino Unido, Irlanda y Dinamarca, y las nuevas reglas han sido adoptados por el Consejo. La UE ya tiene una directiva sobre el intercambio de información de infracciones de tráfico que fue adoptada en 2011 con la cooperación policial como base jurídica. Debido a la situación especial que tienen con respecto a la cooperación policial, el Reino Unido, Irlanda y Dinamarca no participaron en esta directiva.

Hacía falta elaborar una nueva cuando el Tribunal de Justicia determinó el 6 de mayo de 2014 que la base jurídica debía ser el transporte y no la cooperación policial. La directiva antigua quedó anulada por la sentencia, pero el tribunal dio un plazo de un año a la UE para negociar un nuevo marco jurídico. El objetivo de la directiva sigue siendo el mismo: mejorar la seguridad vial y garantizar el trato igualitario de todos los conductores.

En virtud de la nueva regulación, los Estados miembros pueden acceder los datos nacionales de registro de vehículos de los demás países a fin de encontrar a personas responsables de ciertas infracciones que ponen en riesgo la seguridad vial. El presunto infractor puede ser contactado con una carta modelo incluida en la directiva, pero depende del Estado miembro en el que tuvo lugar la infracción decidir si impone una multa.

El intercambio de datos cubre ocho infracciones de tráfico: exceso de velocidad, no utilizar el cinturón, falta por no frenar en un semáforo en rojo, conducir bajo los efectos del alcohol, conducir bajo la influencia de drogas, no utilizar un casco, conducir por un carril prohibido y utilizar ilegalmente un teléfono móvil o cualquier otro dispositivo de comunicación mientras se conduce. Según la Comisión Europea (CE), es tres veces más probable que un conductor de un vehículo registrado en otro país cometa infracciones que un conductor residente.

En países de tránsito y turísticos, las infracciones por exceso de velocidad cometidas por extranjeros pueden alcanzar el 50 % del total de delitos durante la temporada alta, indica el Consejo. Los Estados miembros deben incorporar la directiva en su legislación nacional hasta el 6 de mayo de 2015, salvo Reino Unido, Irlanda y Dinamarca, que tendrá dos años más.