EL MARCO LEGAL DE LOS CENTROS RELIGIOSOS
El Govern apuesta por visibilizar los templos
El reglamento de la ley de cultos establece pautas futuras
Garantizar plenamente el ejercicio del derecho fundamental a la libertad religiosa y el respeto a los otros derechos y libertades. Este es el objetivo del reglamento sobre centros de culto aprobado en pasado 20 de julio por el Govern. Los nuevos centros islámicos que abran sus puertas tendrán un marco normativo único, a diferencia de la disparidad de licencias que los municipios han ido requiriendo hasta ahora. Por ejemplo, no podrá abrir un oratorio con aforo superior a cien personas en una calle de menos de seis metros de ancho. En los centros sin asientos definidos, como es el caso de las mezquitas existentes en la planta baja de un edificio, la medida de aforo será de una persona por metro cuadrado útil de los espacios destinados a la celebración del culto.
Al mismo tiempo, el decreto obliga a los ayuntamientos a reservar suelo para que puedan instalarse centros de culto. Los municipios disponen de nueve años para esta planificación, en el marco de sus futuras revisiones de los planes urbanísticos locales.
DIGNIFICAR Y VER / El objetivo final del Govern es que, cuando así lo permitan las arcas de las entidades islámicas, puedan empezar a abrirse mezquitas propiamente dichas para conseguir que mediante la visibilización y dignificación de estos templos se normalice la presencia ordenada de la religión musulmana. Una dignidad también consistente en, como afirma el reglamento, que la mezquita esté bien comunicada para no dificultar el derecho a la libertad de culto. En otras palabras, se insta a los ayuntamientos a no desplazar las futuras mezquitas a polígonos apartados del núcleo urbano.
En la introducción del reglamento se afirma la necesidad de que las administraciones públicas den una respuesta legal a la instalación de nuevos centros de culto dado el aumento de la inmigración. Más de 200.000 personas profesan la religión musulmana en Catalunya.
La Generalitat sostiene que el reglamento y la ley de centros de culto no establece favoritismos sino un trato riguroso a todas las confesiones para evitar los conflictos que, a juicio de la Generalitat, siguen siendo, hoy por hoy, la excepción.
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