El 31 de enero, fecha límite para que las empresas de Rubí pidan la reducción o exención de la tasa de basuras

La documentación se puede entregar a través de la Ventanilla Única Empresarial, la Oficina de Atención a la Ciudadanía o la Oficina de Gestión Tributaria de la Diputación de Barcelona

El 31 de enero, límite para pedir la exención de la tasa en Rubí.

El 31 de enero, límite para pedir la exención de la tasa en Rubí. / periodico

EL PERIÓDICO / RUBÍ

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Durante todo el mes de enero, las empresas y comercios de la ciudad pueden pedir la reducción de la tasa anual que deben abonar a la administración local para la recogida, tratamiento y eliminación de residuos procedentes de las actividades comerciales y no industriales. En el caso de las empresas, también pueden solicitar la exención de la tasa que afecta a los residuos asimilables a municipales procedentes de las actividades industriales.

Para la tasa de prestación del servicio de recogida, tratamiento y eliminación de desechos generados por actividades y comerciales y no industriales se contemplan reducciones para aquellos establecimientos que acrediten disponer de un sistema de gestión de residuos autorizado por la Agencia de Residuos de Catalunya. Los descuentos se aplicarán por cada fracción de residuos -cartón, papel, vidrio, envases y materia orgànica- que demuestren que gestionan. Las cantidades bonificadas van desde los 44 € hasta los € 132, en función de la fracción para la que se solicite la exención y de la actividad que desarrolle el solicitante. Además, los comercios de nueva implantación pueden disfrutar nuevamente de una bonificación del 90% que podrán solicitar durante todo el año.

ANTES DEL 31 DE ENERO

En el caso de la tasa por la recogida, tratamiento y eliminación de residuos asimilables a municipales procedentes de las actividades industriales, tienen derecho a pedir la exención aquellas empresas que acrediten antes del 31 de enero que tienen contratado un gestor autorizado para desarrollar estas tareas.

Las empresas y comercios interesados en solicitar estos beneficios fiscales deben presentar la documentación requerida a más tardar el 31 de enero -a excepción de la bonificación del 90% para los comercios de nueva implantació-. Es necesario que entreguen una instancia y el certificado de la empresa que gestiona los residuos, especificando el contrato firmado con la empresa interesada y su duración, que no podrá ser inferior a un año. La instancia deberá ir acompañada de una solicitud cumplimentada y firmada por el administrador a nombre de la sociedad, una fotocopia del CIF de la sociedad, del DNI del administrador, de la escritura de poderes de la sociedad y de un certificado del gestor privado con sus datos.

VENTANILLA ÚNICA EMPRESARIAL

Cuando se trate de una renovación, sólo será necesario presentar la certificación expedida por parte de la empresa autorizada que presta el servicio de recogida, tratamiento y eliminación de los residuos conforme el contrato tiene una vigencia, como mínimo, por el año del período impositivo.

La documentación se puede entregar a través de la Ventanilla Única Empresarial, la Oficina de Atención a la Ciudadanía o la Oficina de Gestión Tributaria de la Diputación de Barcelona.

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