EL PULSO SOBERANISTA

El TSJC rechaza los recursos de Mas, Ortega y Rigau contra la querella por el 9-N

El alto tribunal aclara que su investigación no tiene límite temporal, por lo que podría ampliarse a los hechos previos a la suspensión de la consulta

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El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha rechazado los recursos del presidente de la Generalitat, Artur Mas, y las 'conselleres' Joana Ortega Irene Rigau y ha decidido mantener abierta la investigación por su supuesta desobediencia en el proceso participativo del 9-N. Por otra parte, el alto tribunal aclara que su investigación no tiene límite temporal, por lo que podría ampliarse a los hechos previos a la suspensión de la consulta por parte del Tribunal Constitucional, el pasado 4 de noviembre. Los jueces decretan firme su decisión, no cabe recurso, y deciden acumular en una misma causa todas las querellas presentadas para dar comienzo a la instrucción.

En un auto notificado este viernes, la sala civil y penal del alto tribunal catalán ve "prematuro" que Mas, Ortega y Rigau pidieran el archivo de la causa, así como "irrelevantes" algunos de sus argumentos exculpatorios, al considerar que sus alegaciones sobre que no cometieron desobediencia corresponde efectuarlas "tras la correspondiente instrucción penal".

El TSJC rechaza también el recurso presentado por UPD, que ejerce la acusación popular , para que se ampliara la investigación por el 9-N a los días previos al 4 de noviembre, fecha en que el TC suspendió la consulta alternativa, un argumento al que también se había adherido la Fiscalía. Pese a desestimar ese motivo de recurso, el TSJC comparte el planteamiento de UPD y recuerda que el auto que admitía a trámite la querella "no ha limitado la investigación judicial" a los hechos comprendidos entre los días 4 y 9 de noviembre, "sino que deben ser relacionados con los precedentes".

Al admitir las querellas, insiste el TSJC en sus autos, "se ha limitado a compartir el juicio apriorístico y meramente provisional de tipicidad", sin excluir tanto la posibilidad de que los hechos investigados no constituyan delito como "la existencia de conductas penalmente relevantes que se hubieran cometido o comenzado a cometer con anterioridad a dichas fechas (...)".

ESPADALER, DE GISPERT Y LA MESA, FUERA

Por otra parte, el alto tribunal catalán, rechaza ampliar la investigación al 'conseller' de Interior, Ramon Espadaler; la presidenta del Parlament, Núria de Gispert, y los miembros de la Mesa de la Cámara, Anna SimóLluís CorominasJosep Rull David Companyon, como pedía el partido de Rosa Díez. En relación a Espadaler, la sala cree que "no podría serle reprochada la omisión del deber de perseguir delitos, siendo que su competencia era el inexcusable mantenimiento del orden público que debía preservarse y del que asumía su competencia". En cuanto a Gispert y el resto de diputados, reitera que la inclusión en el orden del día de votación del Parlament de la designación de los componentes de la Comisión de Control del 9N "no puede tipificarse como delito de desobediencia a las resoluciones judiciales".

Finalmente, el TSJC ha desestimado también la pretensión de UPD de que se plantee una cuestión de inconstitucionalidad al entender que el derecho a la tutela judicial de los aforados investigados queda limitado por la imposibilidad de recurrir ante otra instancia superior. Para el alto tribunal, "no procede el planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad, ajustándose a la Constitución Española la imposibilidad de recurrir en apelación".