SENTENCIA DEL SUPREMO
Un militar que maltrató a su pareja logra que le rebajen la pena gracias a sus condecoraciones
El alto tribunal recuerda que el condenado se ha visto obligado en Afganistán a "acudir al empleo de la fuerza armada"
ElTribunal Supremo(TS) ha rebajado de nueve a cinco meses lasancióndisciplinaria impuesta a un militar condenado en el 2008 por causar lesiones a su esposa. El fallo se debe a que el Supremo valora positivamente las condecoraciones del militar y su participación en Afganistán, ya que allí hay "necesidad de acudir al empleo de la fuerza armada".
Así lo ha acordado la Sala Quinta de lo Militar del alto tribunal en una sentencia en la que rebaja a cinco meses la sanción de suspensión de empleo impuesta a un sargento del Ejército del Aire. Este fue condenado por un juzgado penal de Madrid por agarrar fuertemente de los brazos y empujar contra la pared a su pareja. El TS considera "absolutamentedesproporcionada" la sanción establecida de nueve meses y un día, y sostiene que aquel fallo no tuvo en cuenta "la infrecuente circunstancia" de que el militar posea variascondecoraciones,distintivosymenciones honoríficas. La resolución delMinisterio de Defensa, apunta la sentencia, "no hace mención" a los méritos del militar, como son tres menciones honoríficas, una cruz del mérito aeronáutico con distintivo blanco y una medalla de la OTAN.
Escenario de dificultad y peligrosidad
No es posible obviar, añade el alto tribunal, la "acostumbrada oasidua participación" por parte del condenado "en operaciones de mantenimiento de la paz en un escenario de la dificultad y peligrosidad de Afganistán". En ese escenario, prosigue, "resulta frecuente que los participantes en tales operaciones" tengan "necesidad de acudir al empleo de la fuerza armada".
El TS sostiene que la sentencia que condenó al militar a nueve meses y un día de prisión --sustituida por trabajos en beneficio de la comunidad--, "essuficiente paracontradecirfrontalmente las exigencias demoralidadydecoroque se le imponen a todo militar" en virtud del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
Sin embargo, y aunque reconoce "lagravedad" de los hechos probados cometidos por el militar, no comparte "la adecuación de la duración" de la sanción disciplinaria y por ello ha acordado rebajarla a cinco meses.
El Juzgado de lo Penal número 21 de Madrid consideró probado que, el 7 de agosto del 2006, el militar mantuvo una discusión con la que era entonces su pareja, en el domicilio familiar, y la agarró fuertemente de los brazos para empujarla después contra la pared al negarse ella a que él se llevara a sus dos hijos en común a Asturias.
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