EL CASO DE LOS ERE

El Supremo avala el envío de documentación de los aforados a la jueza Alaya

El tribunal rechaza los recursos de Griñán y Zarrías y recuerda que investiga los mismos hechos que la Audiencia de Sevilla

José Antonio Griñán (izquierda), junto al también expresidente andaluz Manuel Chaves, ambos implicados en el caso de los ERE, en septiembre del 2013, en Sevilla.

José Antonio Griñán (izquierda), junto al también expresidente andaluz Manuel Chaves, ambos implicados en el caso de los ERE, en septiembre del 2013, en Sevilla. / MDP/TSS

MARGARITA BATALLAS / JULIA CAMACHO / MADRID / SEVILLA

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El juez instructor del Tribunal Supremo (TS) Alberto Jorge Barreiro ha rechazado el recurso del expresidente andaluz José Antonio Griñán y el exconsejero Gaspar Zarrías contra su decisión de enviar a la jueza Mercedes Alaya el informe de expertos universitarios con el que defendían su actuación en el caso de los ERE. El documento se refería al uso de las transferencias de financiación para el pago de ayudas a empresas en crisis. El juez entiende que la causa que se instruye en Sevilla y la que investiga el TS son una misma cosa; de ahí que se pueda compartir información sin que se vulneren garantías de defensa.

En un auto notificado este jueves a las partes, Barreiro insiste en que los hechos investigados son los mismos, frente al argumento en contra de las defensas, hasta el punto de que, de no ser por el régimen de aforamiento que afecta a cinco imputados, "resultaría indiscutible que los hechos tendrían que verse en un solo procedimiento". En ese sentido, el instructor detalla que ambos procesos versan sobre la posible ilegalidad del sistema de concesión de las ayudas socio laborales y a empresas y las consecuencias que el sistema implantado generó en los fondos públicos de Andalucía.

Así, el juez instructor recuerda que la parte del Supremo es una derivación del macroproceso que se tramita en Sevilla y comparten una misma base fáctica. Y que, del mismo modo que, cuando el TS admitió la causa acordó que el juzgado de Alaya le remitiría todo lo relacionado con los aforados, en sentido inverso, en los hechos atribuibles a los no aforados, Barreiro deberá "remitir al juzgado de Sevilla el testimonio de lo actuado". Es decir, el contrainforme elaborado por la defensa de Griñán.

Subraya el togado que se trata de uno de "los muchos inconvenientes que suscita la fragmentación artificiosa del proceso penal que genera el sistema de aforamientos". En este caso, prosigue, se añaden, además, los problemas derivados de un macroproceso y la división en piezas "a que suele tenderse como solución paliativa de los graves perjuicios derivados de la extensión de una macrocausa".

En su auto, también rechaza las objeciones puestas por la defensa de Zarrias acerca de las reuniones que el instructor habría mantenido con los peritos de la Intervención General del Estado, y asegura que son técnicos que, desde hace tres años, apoyan a la jueza Alaya, por lo que no se pueden considerar peritos de parte.

Las defensas habían criticado que se recibiera a estos técnicos y no a los aportados por sus defendidos, a lo que el juez Barreiro subraya la “confusión” de pretender que investigador reciba a los peritos judiciales y a los de las defensas para planificar la línea de la investigación que va a seguirse con respecto a los imputados. “Una opción que, desde luego, favorece notablemente los intereses de la defensa pero no a los intereses de la sociedad en una investigación judicial de la que no deben tener conocimiento los investigados”, dice, “pues no parece factible planificar una investigación judicial con una actuación conjunta y connivente de los investigadores e investigados”.