EL ÓRDAGO INDEPENDENTISTA

El TC suspende las partidas del referéndum y señala a todo el Govern

ÁNGELES VÁZQUEZ / MADRID

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

La providencia con la que el Tribunal Constitucional (TC) admitió este martes el recurso del Gobierno contra las cuentas de la Generalitatlas cuentas de la Generalitat que incluían partidas destinadas al referéndumreferéndum, lo que supone su anulación cautelar durante al menos cinco meses, no deja margen alguno a la interpretación. Por eso advierte con nombre, apellidos y cargo concreto que ocupa en la Generalitat a todos los que puedan intervenir en el desarrollo de esos presupuestos, y de las consecuencias penales que ello podría comportar. Una lista en la que están 19 cargos públicos, incluyendo el 'president', Carles Puigdemont, y los 13 'consellers'.

Es la primera vez que la notificación de una suspensión cautelar acordada por el Constitucional se extiende a altos cargos de la Generalitat. En concreto, a cinco (uno de Presidència y cuatro de Economia): el secretario del Govern, Joan Vidal de Ciurana; la directora general de Pressupostos, Anna Tarrach; el secretario general de Vicepresidència, Economia i Hisenda, Josep Maria Jové; la interventora general de la Generalitat, Rosa Vidal, y la directora de Contratació Pública, Mercé Corretja.

Los 19 son advertidos "de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada" de los apartados 1 y 2 de la disposición adicional 40 de los presupuestos y de tres de sus partidas "relativas a procesos y consultas populares y procesos de de participación". El TC señala expresamente los 407.450 euros con los que se dotaba un programa del departamento de Governació, y los 5,8 millones de euros de partidas destinadas a dar cobertura a los gastos de convocatoria del referéndum prevista en la disposición impugnada.

DEBER DE ABSTENERSE

Para que no se pueda alegar el desconocimiento esgrimido, por ejemplo, por el exconseller Francesc Homs en el procedimiento que se saldó con su condena a 13 meses de inhabilitación por impulsar la consulta del 9-N de 2014, la providencia advierte a todos los mencionados que, "en particular", deben abstenerse "de iniciar, tramitar, informar o dictar acuerdo alguno de disposición de las partidas presupuestarias impugnadas, o de cualesquiera otras, incluido el fondo de contingencia", previsto en la disposición adicional 40, "con el fin de financiar cualquier gasto derivado de la preparación del referéndum". 

Eso incluye "especialmente (...) licitar, ejecutar o fiscalizar contratos administrativos" para la preparación de la consulta o "iniciar, tramitar, informar o dictar acuerdo alguno de ampliación, modificación o transferencia de las partidas presupuestarias impugnadas o cualesquiera otras" con el fin de celebrar la cita con las urnas. El alto tribunal concluye "aperciéndoles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de no atender este requerimiento".

LOS PRECEDENTES

No es la primera vez que el Gobierno esgrime la vía penal para amenazar a los dirigentes independentistas. Hasta ahora el tribunal la ha materializado a través de la Fiscalía, a la que ha remitido las actuaciones que entendía podían suponer una desobediencia a sus resoluciones. Por este motivo, el ministerio público ha presentado dos querellas contra la presidenta del Parlament, Carme Forcadell; la segunda la extendió también a los tres miembros de la Mesa de la Cámara que permitieron la votación que iniciaba la cuenta atrás del referéndum unilateral.

Puigdemont también fue apercibido de las consecuencias penales que podría acarrearle el incumplimiento de esas resoluciones, pero existe una diferencia fundamental entre esos casos y este. Ahora lo que se ha impugnado es un acto impulsado por Govern, y no una votación en el Parlament, por lo que el president y su gobierno sería contra quienes se querellaría la Fiscalía ante una desobediencia.