TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
El TC anula la DUI y denuncia otra vez a Forcadell por desobediencia
Nadie puede acusar al Tribunal Constitucional de dejar en un cajón los recursos relativos a Catalunya, porque está demostrando una celeridad poco habitual en la Justicia y a la que el alto tribunal tampoco acostumbraba. Este miércoles, por unanimidad, ha anulado por inconstitucional la declaración unilateral de independencia (DUI) aprobada por el Parlament el 27 de octubre y ha hecho lo propio con la ley de transitoriedad para proclamar una república catalana.
Además de anular la DUI -suspendida el 31 de octubre con la admisión a trámite del incidente de ejecución del Gobierno de Mariano Rajoy-, el alto tribunal ha acordado denunciar de nuevo ante la fiscalía por desobediencia a la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y a los miembros de la Mesa que tramitaron las propuestas de resolución que hicieron posible la declaración de independencia, pese a las advertencias que "de forma expresa y reiterada" les ha dirigido.
También ha levantado las multas coercitivas que impuso al exnúmero dos de Economía Josep Maria Jové (12.000 euros diarios) y a la exjefa de área de Processos Electorals de la Generalitat Montserrat Vidal (6.000 euros diarios), al entender que cumplieron el efecto que se perseguía, puesto que ninguno fue parte de la administración del 1-O.
"Contradicen frontalmente" sus sentencias
El tribunal sostiene que las resoluciones del Parlament que dieron lugar a la DUI “contradicen frontalmente” sus decisiones, muy particularmente, la sentencia que anuló la ley del referéndum y la providencia que suspendió cautelarmente la de transitoriedad.
Argumenta que las resoluciones aprobadas “presuponen que el Parlament se arroga atribuciones inherentes a la soberanía, superiores a las que derivan de la autonomía reconocida por la Constitución”. Con esta forma de proceder, la Cámara “desatiende los reiterados pronunciamientos y advertencias de este tribunal y pretende de nuevo cancelar de hecho, en el territorio de Cataluña y para todo el pueblo catalán, la vigencia de la Constitución, del Estado de Autonomía y de cualesquiera reglas de derecho que no se avinieran al dictado de su voluntad”. De ahí que califique la actuación del Parlament de “grave atentado” contra el Estado de derecho.
Advertencias desoídas
El Constitucional es consciente de que “de forma expresa y reiterada” ha venido advirtiendo sin ningún éxito a los poderes públicos implicados y a sus titulares, y de forma especial a los miembros de la entonces Mesa del Parlamento de Cataluña, de su “deber de impedir o paralizar” cualquier iniciativa que suponga “alterar unilateralmente el marco constitucional o
incumplir las resoluciones de este tribunal”, lo que no supone restricción alguna a la autonomía parlamentaria.
La Mesa del Parlament ha desatendido esas reiteradas advertencias al aprobar dos resoluciones que “plasman la contumaz voluntad de esa Cámara de eludir los procedimientos de reforma constitucional para llevar adelante su proyecto político de desconexión del Estado español”. “Una inaceptable vía de hecho (incompatible con el Estado social y democrático de Derecho que se proclama en el artículo 1.1 de la Constitución) para reformar la Carta Magna al margen de ella o conseguir su ineficacia práctica”.
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