fallo judicial
El Supremo prohíbe las consultas populares en Catalunya el 25-M
El alto tribunal considera que cualquier votación podría llegar a influir en las elecciones europeas
El Tribunal Supremo ha confirmado que la organización 'Som lo que sembrem' no podrá celebrar consultas populares en Catalunya durante la jornada de reflexión y votación de las elecciones al Parlamento Europeo.
Los jueces no entran a valorar si esta consulta es legal o no, pero rechazan la celebración de las mismas porque las preguntas que se plantean "son susceptibles de influir en los electores". Asimismo, los magistrados de la sala contenciosa del alto tribunal explican que estas preguntas tienen "conexión" directa con el debate suscitado en Catalunya por el derecho a decidir.
El alto tribunal rechaza suspender la prohibición establecida por la junta electoral central, como pidió la asociación catalana, porque considera que esta consulta se puede realizar en otro momento si se establece que es legal. El fallo cuenta con el voto particular de la magistrada Celsa Picó.
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