El Supremo manda a la cárcel al exalcalde de Jerez Pedro Pacheco

El alto tribunal eleva a cinco años y medio la pena de cárcel por contratación irregular

El exalcalde de Jerez de la Frontera Pedro Pacheco.

El exalcalde de Jerez de la Frontera Pedro Pacheco. / periodico

MARGARITA BATALLAS / MADRID / JULIA CAMACHO / BARCELONA

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El Tribunal Supremo ha elevado a 5 años y 6 meses de prisión la condena al exalcalde de Jerez de la Frontera Pedro Pacheco en el denominado 'caso Asesores' por la contratación irregular de dos compañeros de partido como asesores en empresas municipales. La Sala de lo Penal mantiene los delitos de prevaricación malversación de caudales públicos que le impuso la Audiencia Provincial de Cádiz, que le valió la condena de 4 años y 6 meses de prisión y 8 de inhabilitación absoluta ahora recurrida, y añade un nuevo delito de falsedad en documento oficial. Y reprocha que este tipo de conductas contribuye a la desafección de la ciudadanía y sus instituciones.

En el fallo dado a conocer este viernes, la Sala de lo Penal hace suyo el relato de hechos de la Audiencia provincial, que declaró probado que en enero del 2005 el Pleno del Ayuntamiento de Jerez nombró a dos personas del PSA como personal eventual de confianza de los partidos políticos municipales. Según estimó la justicia entonces, el teniente de alcalde, Pedro Pacheco se valió de su puesto directivo en dos sociedades municipales y con la finalidad de conceder una prestación mensual a militantes de su partido, nombró como asesores a los otros dos condenados, sin contraprestación alguna, ordenando pagos por un total de 206.833,66. Unos nombramientos, según la sentencia, que "trató de maquillar bajo la forma de contratos de asesoría o de naturaleza laboral utilizando las empresas municipales como si fueran suyas".

El Tribunal Supremo considera ahora que, con su conducta, Pacheco causó un "claro perjuicio para los intereses públicos de la colectividad" en materia tan sensible como son los caudales públicos, pero también afirma que existió "un daño no por inmaterial menos efectivo y de claro contenido demoledor, constituido por la pérdida de confianza de la ciudadanía en sus instituciones". En este sentido, recuerda que "nada lesiona más la credibilidad de los ciudadanos en sus instituciones que ver convertidos a sus representantes políticos en los vulneradores de la legalidad de la que ellos son los primeros custodios".

La sentencia asevera que "causa sonrojo" la alegación de la defensa de que creía que actuaba correctamente, y rechaza esa tesis en la medida que el recurrente tiene titulación universitaria, ha sido jefe de un partido político y alcalde de Jerez de la Frontera.

El Tribunal Supremo concluye que se está en una situación clara de fraude, ya que hay deseo de proceder a la acción fraudulenta, la oportunidad de llevarla a cabo y la justificación dándole una apariencia de legalidad para buscar la impunidad.

Respecto al resto de condenados, eleva la pena de 2 años y seis meses a 2 años y 10 meses para José López Benítez, quien firmó dos contratos (uno de ellos verbal). En el caso de Manuel Valeriano Cobacho Márquez, la condena pasa de 2 años y 3 meses a 2 años, 7 meses y 15 días (sólo intervino en uno).