El Supremo avala que el catalán sea lengua vehicular en la escuela
El alto tribunal argumenta que tal consideración no excluye el uso del castellano en las aulas
El Tribunal Supremo ha rechazado un recurso de la asociación Impulso Ciudadano contra un decreto de la Generalitat catalana que considera al catalán como "lengua vehicular" en centros educativos porque, a su criterio, tal consideración sobre la lengua autonómica no excluye el uso del castellano.
El decreto recurrido garantiza que "el catalán sea la lengua vehicular de la educación, administrativa y de comunicación utilizada normalmente en las actividades del centro". La norma, aprobada en el 2010, fue recurrida ante el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, que la avaló, y luego ante el Supremo, en casación.
A este segundo recurso responde el alto tribunal que "la norma reglamentaria impugnada no señala, en definitiva, ninguna exclusión del uso del castellano en el ámbito educativo en el territorio de Catalunya".
De este modo, el alto tribunal rechaza la petición de la asociación citada, que se define en su web como defensora de la cohesión en España y de la Constitución, porque la norma recurrida "no hace más que avalar la proyección en el ámbito educativo del carácter oficial del catalán". "El régimen constitucional de cooficialidad no se traduce, como postula la recurrente, en que cada mención que se haga en la normativa reglamentaria autonómica al catalán haya de acompañarse por una mención idéntica y mimética al castellano", añade el alto tribunal.
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