ACOSO A UN TOGADO DE LA AUDIENCIA NACIONAL

El Supremo dice que Garzón quiso "mejorar" la situación de las víctimas del franquismo

MARGARITA BATALLAS / Madrid

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El Tribunal Supremo ha absuelto al exjuez Baltasar Garzón de prevaricación por haber investigado los crímenes del franquismo por entender que con su actuación buscó "mejorar" la situación de las víctimas de la dictadura que "tienen derecho a conocer la verdad y recuperar a sus muertos para honrarles". Así se afirma en el fallo que ha sido dado a conocer hoy y que cuenta con el voto particular del magistrado José Manuel Maza que rechaza que el alto tribunal haya perseguido al extogado.

En la resolución se recuerda que varias familias de desaparecidos durante la guerra civil y la dictadura denunciaron estos hechos ante la Audiencia Nacional en diciembre del 2006. Una denuncia que era "legítima", según el alto tribunal, pero que no podía ser atendida por el exjuez, ya que por el tiempo transcurrido desde la comisión de los hechos solo era posible crear los llamados juicios de la verdad que no tienen cabida en nuestro ordenamiento.

Asimismo, los jueces subrayan que el exjuez reconoció en octubre del 2008 "los escollos" que debía salvar para declararse competente como la imposibilidad de aplicar a los imputados una ley que no estaba en vigor cuando se cometieron los hechos; la prescripción de los delitos y la ley de amnistía de 1977.

Defensa de la ley de amnistía

El Supremo le da la razón y subraya que los delitos cometidos durante la dictadura ya no se podían investigar porque sus autores ya habían fallecido. Además realiza una defensa encendida de la ley de amnistía, que "no puede ser derogada por los jueces sino solo por el parlamento". Para los jueces, esta ley es "un pilar esencial, insustituible y necesario para superar el franquismo y lo que este suponía". También fue la norma que "buscó que no hubiera dos Españas enfrentadas".

No obstante, el alto tribunal reconoce que los actos perpetrados durante la dictadura franquista fueron "vergonzosos para la condición humana", según un informe de la comisión interministerial para el estudio de las víctimas de la guerra civil de julio del 2006. Por ello, los tipifica como un delito contra la humanidad y entiende que Garzón los haya investigado bajo el paraguas de "otros operadores jurídicos" que han optado por otorgar "una fuerza expansiva a la protección de los derechos humanos".

El alto tribunal concluye tras estos razonamientos jurídicos que Garzón no dictó una resolución injusta a sabiendas, tan solo fue errónea. Por ello, le absuelve de prevaricación, como había pedido el fiscal, Luis Navajas. En la sentencia no se hace ninguna mención a la instrucción del juez Luciano Varela que fue denunciada por Garzón durante la fase de las cuestiones previas.