EL PULSO SOBERANISTA

El TC prevé fallar sobre el 9-N y la ley de consultas antes de marzo

Los magistrados quieren resolver a la vez sobre la ley de consultas del tripartito

MARGARITA BATALLAS / MADRID

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El Tribunal Constitucional (TC) tiene previsto dictar todas las sentencias relacionadas con el proceso soberanista antes de marzo. Así lo aseguran fuentes jurídicas, que explican que una comisión de cinco magistrados trabaja ya para tener a punto una propuesta de las resoluciones, entre las que también se incorporará el fallo del alto tribunal acerca de la ley de consultas aprobada por el tripartito en el 2010.

El presidente del TC, Francisco Pérez de los Cobos, dirige los trabajos en los que están integrados los ponentes Pedro García TrevijanoJuan Antonio Xiol, Adela Asúa Luis Ortega, que redactarán una sentencia para cada uno de los cuatro recursos a resolver: ley de consultas actual, decreto de convocatoria de la consulta oficial, convocatoria del 9-N alternativo y ley de consultas del 2010.

El Constitucional suspendió el 29 de septiembre la ley de consultas y el decreto de convocatoria firmado por Artur Mas. Esta suspensión tenía un plazo de cinco meses, que vence el próximo 1 de marzo. Los jueces tendrían que dictar entonces una resolución para levantar o mantener este aplazamiento. Por su parte, el plazo de la suspensión del recurso presentado por el Gobierno central contra la celebración del 9-N termina el próximo 27 de marzo, ya que fue suspendido el 4 de noviembre.

Los jueces tienen señalados dos plenos durante el mes de febrero y uno en la primera semana de marzo. La próxima semana se reunirán para abordar cuestiones menores y en la semana del 16 de febrero es probable que dediquen sus tres días de sesiones a estudiar la carpeta catalana. No obstante, no se descarta que el presidente convoque un pleno ad hoc para abordar la cuestión. Los magistrados quieren dictar sentencia lo antes posible por las citas electorales convocadas este año. Las fuentes consultadas no quieren adelantar resultados, pero todo indica que las normas aprobadas serán declaradas inconstitucionales.

COMPETENCIA EXCLUSIVA

Cuando dejó sin efecto la declaración de soberanía del Parlament, en marzo del 2014, el Constitucional ya argumentó que el Estado es el único que puede convocar referendos, según la Constitución. Por ello, es previsible que niegue de nuevo esta opción a la Generalitat, a la que sí reconoció en dicho fallo su derecho a decidir siempre y cuando se ajustara a lo que establece la Carta Magna.

Pero las citadas fuentes evitan incluir en el mismo paquete la ley del tripartito, ya que esta norma reconocía que no podía convocar consultas sin la autorización del Estado. Las decisiones del TC sobre el proceso soberanista se ha acordado hasta ahora por unanimidad, y lo más probable es que esta mayoría se repita en las sentencias pendientes.