El Gobierno confía en que el TC actúe de oficio si Puigdemont da pasos hacia la independencia

El presidente del Gobierno en funciones, Mariano Rajoy, en su comparecenccia en Moncloa el pasado domingo.

El presidente del Gobierno en funciones, Mariano Rajoy, en su comparecenccia en Moncloa el pasado domingo. / periodico

GEMMA ROBLES / MADRID

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El presidente del Gobierno en funciones, Mariano Rajoy, compareció este domingo ante la prensa para advertir al nuevo 'president', Carles Puigdemont, de que <strong>había dado órdenes</strong> a la Abogacía del Estado para que, en caso de que resulte necesario, se "respete el Estado de derecho y para defender la ley". Pero desde la Moncloa se espera que sea otra institución, concretamente el Tribunal Constitucional, el que actúe de oficio en caso de que en Catalunya se den nuevos y comprometedores pasos hacia la independencia en las próximas semanas, en las que previsiblemente aún no se habrá investido nuevo presidente del Gobierno central.

Fuentes gubernamentales consultadas recuerdan que Rajoy apostó hace meses --y con gran polémica por hacerlo en vísperas de las elecciones catalanas-- por dar <strong>mayores poderes al alto tribunal</strong> para impedir que sus decisiones pudieran ser desobedecidas por las autoridades sin tener que afrontar serias consecuencias.

SIN DESCARTAR EL GESTO POLÍTICO

 Así, si el Govern de Puigdemont o alguno de los grupos del Parlament decidieran <strong>desobedecer</strong>, como se apunta, la sentencia del  Constitucional que tumbó la resolución del pasado 9 de noviembre que marcaba el inicio de la desconexión con España, el TC podría mover ficha sin necesidad de que nadie se lo reclame.  Aunque un Gobierno en funciones, en virtud precisamente de esa reciente reforma de la ley que regula al tribunal, podría solicitarlo si no lo hiciera. Y el gesto podría ser  "un buen mensaje político", según algún cargo gubernamental consultado por este diario.

"En caso de advertirse que una resolución dictada en el ejercicio de su jurisdicción pudiera estar siendo incumplida, el Tribunal, de oficio o a instancia de alguna de las partes del proceso en que hubiera recaído, requerirá a las instituciones, autoridades, empleados públicos o particulares o a quienes corresponda llevar a cabo su cumplimiento para que, en el plazo que se les fije, informen al respecto", especifica la mencionada ley.

CASOS DE URGENCIA Y 155

Cabe subrayar, asimismo, que la ley 50/1997 establece cuáles son los poderes y limitaciones de un Gobierno en funciones, al que legamente se le impide adoptar medidas que no sean de gestión ordinaria "salvo casos de urgencia debidamente acreditados o por razones de interés general cuya acreditación expresa así lo justifique".

¿Sería la puesta en marcha de algún proyecto vinculado al soberanismo o la decisión de interponer algún recurso de inconstitucionalidad para frenar a la Generalitat uno de esos "casos de urgencia"? La legislación española vigente no entra en detalles, por lo que todo dependería de la interpretación del Gobierno en funciones y de la comprensión que la oposición manifestase ante la misma. Por si acaso, Rajoy ya se está cubriendo las espaldas: se ha puesto en contacto para intercambiar puntos de vista sobre la investidura de Puigdemont y sus posibles consecuencias con el líder del PSOE, Pedro Sánchez, y el de Ciudadanos, Albert Rivera, y que tiene intención de hacer lo propio con el jefe de Podemos, Pablo Iglesias.

Los resultados de las elecciones generales del 20-D han propiciado, además, que los populares sí gocen de la mayoría absoluta en una de las Cámaras, el Senado, precisamente la que tiene en su mano aplicar el polémico artículo 155 de la Constitución (suspensión de la autonomía) si se estima pertinente. No obstante, desde el entorno de Rajoy se insiste en que una medida tan tajante, "que podría aplicarse en todo caso de modo gradual", es una de las últimas opciones, "pero sin que esté descartada". Más posibilidades tiene que la inyección de liquidez desde el Estado sufra alteraciones si hay desobediencia, dados los retoques legales que al final de la legislatura hizo con toda intención el ministerio de Hacienda, que dirige todavía Cristóbal Montoro.

NOTIFICACIÓN, MULTAS Y SUSPENSIÓN

Hasta aquí, el  Ejecutivo. Volviendo al Alto Tribunal, lo primero que podría hacer si lo cree oportuno, según las fuentes consultadas, sería notificar al sustituto de Artur Mas en la presidencia de Catalunya y a los nuevos 'consellers', si los hubiera, el fallo que ya hizo público a finales de 2015 decretando la inconstitucionalidad de la resolución secesionista. El  resto de las medidas que el TC puede aplicar habrán de esperar al desarrollo de los acontecimientos en Catalunya,  aunque Puigdemont ya advirtió en su investidura que "claro" que piensa desplegar la resolución independentista suspendida y que, además, pretende impulsar leyes como la de la transitoriedad jurídica, la creación de la Agencia Tributaria, las estructuras de Estado o la ley del proceso constituyente.    

Si diera estos pasos, bien el president, bien la presidenta del Parlament o bien el responsable directo del desarrollo de algunas de esas normas (también afectaría a “particulares”, no sólo cargos políticos) podría ser objeto de un requerimiento y una multa de entre 3.000 y 30.000 euros. En el caso concreto de las autoridades, el Constitucional podría acordar la suspensión de sus funciones "durante el tiempo preciso para asegurar la observancia de los pronunciamientos del Tribunal".