El juez Velasco prohíbe actos en favor de los presos de ETA para no "recrear el dolor" de las víctimas
El magistrado de la Audiencia Nacional considera que las comidas populares y concentraciones anunciadas podrían constituir enaltecimiento del terrorismo
El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha prohibido una comida popular a favor de los presos de ETA convocada para hoy en Bilbao, así como otros cuatro actos previstos para el fin de semana en Navarra. A través de dos autos, considera que estos convocatorias se enmarcan en una estrategia marcada por la banda terrorista "para mantener la fidelidad de sus militantes" y activar su masa social para "captar posibles nuevos militantes y continuar con las vías delictivas disfrazadas de opción política".
Además, el magistrado ha dispuesto que las Fuerzas de Seguridad de Euskadi y Navarra deben adoptar las medidas necesarias para impedir que se celebren los actos, al estimar que constituirían un delito de enaltecimiento del terrorismo con escarnio a las víctimas. En su caso, también ordena a Ertzaintza, Guardia Civil y Policía Nacional que identifique a sus responsables.
En una resolución emitida el jueves, el juez prohibió diversos actos de apoyo a los presos de ETA que estaban organizados como parte del programa de fiestas de diversas localidades de Navarra. Tras ser requerido por la Guardia Civil, Velasco ordenó que se impida la celebración de las "comidas solidarias" y las concentraciones previstas en Viana, Antzin, Bakaiku y Gares, por considerar que su objetivo es "aglutinar a los integrantes de ETA con sus afines".
Prohibida una "comida popular"
De igual forma, ayer viernes emitió un segundo auto en el que prohibía una "comida popular a favor de los presos políticos vascos", prevista para hoy a mediodía en el marco de las fiestas de Bilbao la Vieja. En este caso, el juez Velasco fundamenta que la cita se enmascara en un acto gastronómico convocado en una web en cuyo apartado de contacto aparece el logotipo de la izquierda aberzale y una iconografía usada por entidades ilegalizadas por su vinculación con ETA, como es el caso de Gestoras Proamnistía y su sucesora Alkartasuna, así como por Herrira, que tiene suspendidas por dos años sus actividades.
Además, el magistrado destaca que en la convocatoria se utiliza un lenguaje que tiene como finalidad "enaltecer la trayectoria y las personas de la banda terrorista", lo que supone delito de enaltecimiento o justificación del terrorismo. Por todo ello, concluye que "recrear el dolor a sus víctimas constituye un acto que debe prohibirse para evitar la perpetuación de una continuidad en una actividad delictiva".
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