MANDATO SEGÚN LA ÚLTIMA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL
El Gobierno incumple la ley al informar al Congreso con año y medio de retraso sobre los indultos
El Ministerio de Justicia dará los datos el jueves pero con retraso, ya que tiene una obligación semestral
El Gobierno de Mariano Rajoy se salta la ley y no informa al Congreso cada semestre de los indultos que concede y deniega. Así, cuando la subsecretaria de Justicia, Áurea Roldán, comparezca este jueves en la comisión del ramo, lo hará después de que el Ejecutivo no haya informado a la Cámara Baja en el último año y medio.
La última reforma del Código Penal, que data de marzo de 2015, introduce esta disposición adicional en la Ley del Indulto, por la cual un alto cargo del Ministerio de Justicia presentar estos datos a los diputados. Pese a este mandato legal, el Gobierno central no remite información al Palacio de la Carrera de San Jerónimo en los plazos, como es su obligación.
Según el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Gobierno concedió durante los doce meses de 2016 un total de 27 indultos, ninguno de ellos relacionados con la corrupción. Sin embargo, no se sabe la cifra de indultados en los seis primeros meses de 2017, porque solo se hicieron público los siete de Semana Santa.
Roldán comparece a petición propia, pero después de que En Comú Podem pidiera en junio que lo hiciera su superior, Carmen Sánchez-Cortés Martín, la número dos del Ministerio de Rafael Catalá.
REFORMA VARADA EN LA COMISIÓN
En paralelo, el Congreso tramita una proposición de ley del PSOE para modificar la Ley del Indulto, que data de 1870, con el objetivo de impedir la concesión de indultos a condenados por corrupción y delitos de violencia machista. Tras tomarse en consideración el 14 de febrero, el texto ha encallado y acumula ya más de cinco meses de prórrogas en el plazo para de enmiendas para ampliar las excepciones.
Además de limitar la concesión del indulto total o parcial a esos delitos, la iniciativa también exige razones de "razones de justicia, equidad, utilidad pública o debida reinserción social del condenado" para poder otorgar el indulto total, justificaciones que deberán publicarse en el BOE a la hora de comunicar la concesión de indultos, tal y como explica Europa Press.
La reforma también aboga por no conceder el indulto si en su correspondiente resolución no se hiciese mención expresa, al menos, a la pena en que recaiga la gracia, al delito cometido, al estado de ejecución, en su caso, de la pena impuesta, al título de imputación, al origen de la solicitud de indulto y, finalmente, a la motivación que, a juicio del Ejecutivo, ha justificado su concesión.
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