CONSEJO DE MINISTROS

El código para evitar desahucios será obligatorio durante dos años para las entidades que lo acepten

La entidades sujetas al código aceptarán la dación en pago de la vivienda de familias con todos sus miembros en paro

ROSA MARÍA SÁNCHEZ / Madrid

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ElGobierno ha aprobado este viernes un código debuenas prácticas para que labanca renegocie el pago dehipotecas con las familias "en riesgo de exclusión social" y para que, llegado el caso, estas familias puedan saldar sus deudas con laentrega de la vivienda a la entidad financiera, lo que se conoce como ladación en pago.

El código de buenas prácticas se publicará en el Boletín Oficial del Estado y será voluntario para las entidades financieras. Pero si estas deciden acogerse al código voluntario este pasará a ser de obligado cumplimiento durante dos años y las familias podrán reclamarlo ante los tribunales.

La vicepresidentaSoraya Sáenz de Santamaría ha dicho al término del Consejo de Ministros que espera que la mayoría de las entidades se acojan a este código, "pues todos tenemos que hacer un esfuerzo importante en esa situación difícil", ha dicho. Todos los préstamos firmados en el pasado por familias ahora en riesgo de exclusión quedarán al amparo del código de buenas prácticas.

Periodo de carencia

En los casos protegidos por el código de buenas prácticas, la entidad financiera no podrá aplicar un interés moratorio por las cantidades impagadas superior a 2,5 puntos por encima del tipo de interés original de la hipoteca.

Para evitar eldesahucio se intentará reestructurar el crédito inicial introduciendo un periodo de carencia en el pago de capital de hasta cuatro años y alargando el plazo de pago hasta 40 años como máximo. Además, el tipo de interés aplicable será de euríbor más 0,25 puntos como mucho.

Si este paso no funciona, se estudiará una quita y si tampoco esto es suficiente, la entidad deberá poner a disposición del titular de la hipoteca la posibilidad de mantenerse en su vivienda durante un máximo de dos años mediante el pago de un alquiler cuya mensualidad no podrá superar la resultante de aplicar un tipo de interés del 2% a la cantidad que reste por pagar del crédito. Según un ejemplo que ha puesto la vicepresidenta Santamaría, si quedan por pagar 100.000 euros, el alquiler mensual no podría superar los 250 euros.

Por último, si ninguna de estas opciones se muestra viable, la entidad que se haya acogido al código de buenas prácticas quedará obligada a aceptar la dación en pago de la vivienda, renunciado a reclamar cualquier cantidad adicional.