EL CIRCUITO DE LOS FONDOS DEL CLAN EN EL PRINCIPADO
España no pidió a Andorra los datos bancarios de la familia
O. GRAU /ROSA M. SÁNCHEZ
BARCELONA / MADRD
El acuerdo entre el Reino de España y el Principat d'Andorra para intercambio de información en materia fiscal está vigente desde el 14 de enero del 2010 y en el caso de la familia Pujol no se habría activado, aunque sí hay en marcha dos solicitudes de petición de información a Andorra por parte de la Audiencia Nacional y de un juzgado de Barcelona, según han confirmado fuentes cercanas al Govern d'Andorra.
Antes del 2010, ante la solicitud de cualquier tipo de información a Andorra sobre un ciudadano, el Principat solo respondía sobre los que hubieran infringido alguna ley en Andorra, lo que dejaba fuera la fiscalidad.
El acuerdo actual permite que el ministerio de Economía o Hacienda español pida al ministerio de Finanzas de Andorra «información relevante para determinar, liquidar o recaudar impuestos, para el cobro y ejecución de reclamaciones tributarias o la investigación o enjuiciamiento de casos en materia tributaria».
Para activar este intercambio se precisa que haya en marcha una investigación en España y que la solicitud a Andorra sea lo más detallada posible incluyendo: la identidad de la persona bajo inspección, el fin tributario, los datos de las personas sospechosas y una declaración que certifique que España ha agotado todos sus medios disponibles en su jurisdicción para obtener la información, entre otros requisitos. La autoridad competente andorrana procede a estudiar la solicitud, pide la información a la banca, y la debe proporcionar en el plazo máximo de seis meses, desde el acuse de recibo, siempre de manera confidencial.
El ministro de Hacienda Cristóbal Montoro dio a entender a finales de julio que Pujol había dado el paso de reconocer su fraude después de sentir que Hacienda le seguía los pasos desde hace mucho tiempo. Sin embargo, la Agencia Tributaria no ha iniciado una actuación inspectora formal. Prueba de ello es que no existe un requerimiento formal de información a Andorra. Si hubiera existido una actuación inspectora formal, los Pujol tendrían que haber recibido una notificación y desde ese momento habría quedado suspendida la prescripción de la deuda y no se podrían haber hecho las complementarias.
Existe también la via penal, que es cuando un juez envía una comisión rogatoria que llega a la policía andorrana a través de la Interpol. Esta diligencia se comunica al Gobierno de Andorra y va a parar a los jueces que son los que toman la decisión. Cuando se entra en la via penal, la administrativa queda muerta, de manera que España no podría ahora activar el acuerdo hasta que se resuelvan las dos comisiones rogatorias. Aunque lo que sorprende en medios jurídicos es por qué el protocolo oficial no se ha activado antes si existían sospechas de fraude fiscal por parte de los Pujol.
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