El desafío soberanista

Un Consell de Garanties dividido da el visto bueno a la ley de consultas

El 'conseller' de Presidència y portavoz del Govern, Francesc Homs, durante su comparecencia de ayer en el Palau de la Generalitat.

El 'conseller' de Presidència y portavoz del Govern, Francesc Homs, durante su comparecencia de ayer en el Palau de la Generalitat.

FIDEL MASREAL
BARCELONA

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El Consell de Garanties Estatutàries, el organismo formado por nueve juristas que vela por la adecuación de las normas catalanas al Estatut y la Constitución, dio ayer vía libre sin objeción alguna a la ley de consultas no refrendarias, base legal para la convocatoria soberanista del 9 de noviembre. El dictamen subraya que la Generalitat tiene derecho a consultar a los ciudadanos sobre las competencias propias en un sentido amplio. El reverso de esta decisión es que se tomó por una exigua mayoría y que cuatro de los nueve juristas han redactado votos particulares contrarios a la decisión. El Govern se quedó con el criterio expresado por la mayoría y aprovechó para afirmar que la resolución es un espaldarazo para el reto de noviembre.

El Consell sostiene en sus argumentos que la ley de consultas marca distancias con los referendos. Y ahí estriba la clave: diferenciar entre las consultas que podrán celebrarse en Catalunya y a nivel municipal. Y la ley lo hace al definir el universo de votantes posible, diferente al del censo electoral que se usa para los referendos. Es más, la mayoría de juristas que han redactado el informe consideran que la Generalitat ha de poder consultar en sentido amplio sobre las competencias que le son propias. Y alega que la autonomía confiere a Catalunya «funciones y facultades de iniciativa e impulso político».

Es significativo como, pese a la petición del PP en este sentido, el Consell no entra a valorar la doble pregunta pactada políticamente para el 9 de noviembre entre los partidos favorables a la consulta. Argumenta el Consell que su tarea es valorar leyes y normas, no pactos políticos que todavía no tienen una base legal.

PUERTA ABIERTA / Sin embargo, en la argumentación jurídica existen referencias que pueden ser determinantes cara a la batalla jurídica previsible entre la Generalitat y el Estado en el momento en el que se convoque la cita con las urnas de noviembre. Recuerda el Consell que el Constitucional ya desestimó una convocatoria del Gobierno vasco para preguntar a los ciudadanos de esa comunidad sobre el proceso de paz y de normalización política. Esa sentencia ya avisó de que «el planteamiento de concepciones que pretendan modificar el fundamento mismo del orden constitucional tiene cabida en nuestro ordenamiento, siempre que no se prepare o defienda a través de una actividad que vulnere los principios democráticos, los derechos fundamentales o el resto de los mandatos constitucionales». Para el Consell, esa es una puerta abierta a consultar.

La resolución de ayer también recuerda que la Carta Magna reserva el mecanismo del referendo para «las decisiones políticas de trascendencia especial» pero salva esta dificultad afirmando que ello no ha de sustraer «las materias más relevantes o sensibles de obtención de la opinión pública o ciudadana por otras vías diferentes a las del referendo».

El conseller de Presidència, Francesc Homs, se felicitó porque la resolución del órgano consultivo clarifica que es competencia de la Generalitat consultar a los ciudadanos, con independencia del contenido último de lo que se ponga a votación. «Confundir entre el ejercicio del derecho a decidir, de poder consultar la opinión del pueblo, con que ello ya tenga efectos inmediatos, es algo con lo que algunos juegan, con una cierta confusión haciendo pasar una cosa por la otra», afirmó Homs.

El Govern subrayó que el Consell también cita el precedente de la Corte Suprema de Canadá cuando afirmó que «un sistema de gobierno no puede sobrevivir únicamente a través de la adhesión al derecho. También ha de gozar de legitimidad, y en nuestra cultura política esto exige la interacción entre el principio de legalidad y el principio democrático. El sistema ha de ser capaz de reflejar las aspiraciones del pueblo».

La mayoría de los juristas recuerdan que numerosos estados federales del mundo reconocen a las instituciones subestatales la capacidad de organizar referendos sin necesidad de autorización del poder central. E insiste en que mientras lo que se consulte esté amparado en competencias autonómicas y mediante un procedimiento distinto al referendo, Catalunya puede consultar a la ciudadanía sin que ello lesione la soberanía del pueblo español.