El TSJC suspende el ingreso a prisión de Manuel Bustos y Daniel Fernández por el 'caso Mercuri'

La Sala Civil y Penal ha tomado la decisión al tratarse de la primera sentencia

Manuel Bustos llega a los juzgados de Terrassa para declarar por una pieza separada del 'caso Mercuri'.

Manuel Bustos llega a los juzgados de Terrassa para declarar por una pieza separada del 'caso Mercuri'. / periodico

ALBERT SEGURA / SABADELL

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha ordenado la suspensión del ingreso en prisión del exalcalde de Sabadell, Manuel Bustos, su hermano y exconcejal Paco Bustos y el exsecretario de organización del PSC Daniel Fernández. Todos ellos estaban condenados por un delito de tráfico de influencias en el marco del caso Mercurio de presunta corrupción y tráfico de influencias.

Los tres acusados fueron condenados a un año y cuatro meses de prisión por presuntamente haber beneficiado a Carmina Llumà, una exalto cargo del gobierno tripartito para que consiguiera una plaza en el Ayuntamiento de Montcada i Reixac. Se trata concretamente de la pieza número 5 del 'caso Mercuri', y los hechos se remontan al año 2010.

Manuel Bustos y su hermano Paco, que entonces era ex presidente de la Federación del PSC en el Vallès Occidental Sur, junto con Daniel Fernández, habrían presionado la exalcaldesa de Montcada i Reixac, María Elena Pérez. El objetivo era modificar la calificación en un concurso público para elegir la persona más idónea para asumir la dirección de la cartera de política territorial del consistorio vallesano.

La intención de dichas presiones era decantar la balanza a favor de Llumà, candidata recomendada por los acusados, exsecretaria general de Política Territorial y Obras Públicas durante la época del tripartito, y esposa del director jurídico de la Ayuntamiento de Sabadell, donde gobernaba Bustos.

MULTA FRACCIONADA

Ahora, la Sala Civil y Penal del TSJC ha optado por suspender las penas de un año y cuatro meses durante los próximos 5 años siempre que no cometan otro delito o sean condenados por otro. Del mismo modo se acuerda aplazar y fraccionar la pena de multa, que asciende a la cantidad de 60.000 euros, y que fue impuesta a cada uno de los tres penados en la sentencia de 30 de marzo de 2015.

Por ello, se verán obligados a satisfacer los importes en un total de 22 cuotas hasta abril del 2018.