La Audiencia acuerda el ingreso en prisión de Pallerols y dos exdirigentes de Unió

Los magistrados señalan que seria "obsceno" que no cumplieran la pena en un caso de "corrupción política"

Fidel Pallerols, junto a su esposa y al resto de acusados, en el banquillo de la Audiencia de Barcelona, el pasado 8 de enero. JOAN PUIG

Fidel Pallerols, junto a su esposa y al resto de acusados, en el banquillo de la Audiencia de Barcelona, el pasado 8 de enero. JOAN PUIG / periodico

JESÚS G. ALBALAT / Barcelona

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La Audiencia de Barcelona ha denegado la suspensión de la pena privativa de libertad para el empresario andorrano Fidel Pallerols, para el exsecretario de organización de Unió Vicenç Gavaldà y para el exdirector general de Ocupació Lluís Gavaldà, condenados por <strong>falsedad </strong>y fraude de subvenciones el pasado 25 de enero, tras un acuerdo entre la defensa, la fiscalía y las acusaciones, entre ellas la Generalitat. Ante esta decisión, que puede ser recurrida, estos tres imputados deberán ingresar en prisión para cumplir las penas de siete meses de prisión impuesta para Pallerols y Vicenç Gavaldà, y de un año y medio para el exdirector general de Ocupació. En la misma sentencia, el tribunal declaró a Unió Democràtica de Catalunya responsable civil  subsidiario y en calidad de "partícipe lucrativo" en el fraude cometido con subvenciones destinadas a cursos de formación de parados con fondos procedentes de la Unión Europea.

Los magistrados sostienen en su resolución que los hechos por los que fueron condenados son de "una incuestionanble gravedad" y que la actuación de los acusados sería emarcable en lo que "coloquialmente se viene dando en denomar corrupción política a través de una trama organizada", por lo que no es de recibo que no cumplan la pena en un centro penitenciario.

Uso indebido de fondos públicos

El auto destaca que ante la crisis económica existente y "los dramáticos indicides de desempleo que sufre nuestro país, con contínuos recortes por su gobernantes en servicios sociales" resultaría "hasta obsceno que desde uno de los poderes del Estado se tomasen decisiones que alentasen o desde luego no supusiesen un freno o cortapisa para la materialización de conductas que comportansen un uso indebido, por ilegítimo, de fondos o caudales que, por su naturaleza pública, forman parte integrante del patrimonio del Estado". Estos fondos, incide, están en definitiva destinados "a fines que deben redundar en beneficio global de una sociedad a la que desde las instituciones se viene pidiendo e imponiendo importantes sacrificios".

El tribunal destaca que no puede dejar de valorarsde lo "inadmisible" que resulta que alguna de las personas que "deciden dedicarse a la nombre función del ejercicio de la política, dirigida al servicio desinteresado al conjunto de la sociedad, lejos d ecumplir tan digno fin, incurra en conductas corruptas", como el fraude de subvenciones juzgado. Los magistrados recuerdan que los penados "orquestaron una trama dirigida a que parte de unos fondos públicos" sirvieran para "engrosar las arcas" de Unió, sufrafando gastos de este partido, aprovechandose para ello de personas que militaban en esta formación.