DECISIÓN DEL TSJC

¿De qué se acusa a Mas, Ortega y Rigau?

Los cuatros delitos que les imputa la fiscalía acarrean la inhabilitación en caso de ser condenado

Mas declarará el mismo día que fusilaron a Lluís Companys hace 75 años

Mas declarará el mismo día que fusilaron a Lluís Companys hace 75 años / ae

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Los cuatro delitos por los que han sido imputados el presidente de la Generalitat en funciones, Artur Mas, la exvicepresidenta Joana Ortega y la 'consellera' Irene Rigau tienen en común que acarrean la inhabilitación en caso de ser condenados. El delito más grave es el de desobediencia, del que se derivan los otros tres.

DESOBEDIENCIA GRAVE

La Fiscalía entiende que Mas, Ortega y Rigau "se han negado abiertamente" a acatar la suspensión de la consulta del 9-N dictada por el Tribunal Constitucional. Dicho delito conlleva una pena de multa de tres meses a un año e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.

USURPACIÓN DE FUNCIONES

Se les acusa de obstrucción a la justicia o usurpación de atribuciones judiciales por todas las órdenes administrativas que dieron saltándose la suspensión del Tribunal Constitucional. Está castigada con las penas de prisión de seis meses a un año, multa de tres a ocho meses y suspensión de cargo público por tiempo de uno a tres años.

PREVARICACIÓN ADMINISTRATIVA

En una línea similar se justifica el delito de prevaricación administrativa continuada por adoptar disposiciones sabiendo que no estaban cumpliendo el sometimiento a la ley. Está penada con la inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a 10 años.

MALVERSACIÓN DE FONDOS

El delito de malversación de fondos públicos se les atribuye por haber ordenado como miembros del Govern "actos que generaron gastos en el erario público" para una consulta suspendida. En este caso, la pena de multa es de seis meses a un año y suspensión de cargo público por tiempo de seis meses a tres años.