EL ÓRDAGO INDEPENDENTISTA

El Consejo de Europa advierte de que la reforma del TC puede llegar al "absurdo"

El presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, durante su toma de posesión como magistrado del alto tribunal en enero del 2011.

El presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, durante su toma de posesión como magistrado del alto tribunal en enero del 2011. / periodico

PILAR SANTOS / MADRID

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La reforma del Constitucional que Mariano Rajoy impulsó para que el tribunal tenga la potestad de suspender a cargos públicos puede llegar a una situación "absurda", según el Consejo de Europa. La Comisión de Venecia, integrada en esa institución y compuesta por expertos independientes, hizo público el lunes el informe completo en el que carga contra los principales cambios introducidos: el incremento de las multas y la suspensión de los cargos públicos que desobedezcan las sentencias del tribunal.

Por si alguien tenía dudas, el Gobierno pergeñó la reforma para frenar a los independentistas catalanes. Así lo ha escrito la Comisión en el documento, en el que se señala que "casi todos los interlocutores" con los que se reunieron en su visita a España (en abril del 2016) se refirieron al desafío soberanista "como el motivo político" para adoptar la reforma. Tras el verano del 2015, el 'president' Artur Mas empezó a defender la declaración unilateral de independencia y los conservadores quisieron otorgar al Constitucional el poder de hacer cumplir sus decisiones, facultad criticada por la Comisión

En el informe, los expertos señalan lo imprecisa que es la ley en referencia a la suspensión de cargos. Si la persona ha sido apartada, "¿cómo se espera que ejecute la decisión del Tribunal?", se pregunta la Comisión. Y si la persona que sustituye al cesado tampoco respeta el dictamen, ¿qué se hace? "Podría acabar en una situación absurda", concluyen los analistas. 

¿Y SI NO ABANDONA EL CARGO?

Incluso en el Consejo de Europa se plantean la posibilidad de que la persona suspendida "siga en el cargo". "Esto minaría gravemente la autoridad del Tribunal Constitucional", advierte. Y en cuanto a las multas, también se pregunta la Comisión por qué aumentar la sanción por incumplir las sentencias conseguiría que alguien que ya ha mostrado su poco respeto por el Constitucional lo haga.

A juicio de la Comisión de Venecia, para garantizar la independencia del Tribunal sería bueno que pudiera atribuir a "otro poder estatal" la obligación de hacer cumplir sus dictámenes. 

EL ARTÍCULO 155

En las 15 páginas del documento, se informa de que varios expertos visitaron España el 25 de abril del 2016 y se reunieron con representantes del Constitucional, la comisión de este área del Congreso, el Consejo General del Poder Judicial, los ministros de Exteriores y Justicia en funciones (José Manuel García Margallo y Rafael Catalá, respectivamente) y con "académicos".

En esas reuniones, se puede leer en el texto, la Comisión de Venecia "fue informada" de que, en caso de que los nuevos poderes del Constitucional no surtieran efecto, se aplicaría el artículo 155 de la Constitución, que permite al Gobierno (con la aprobación del Senado) tomar todas "las medidas necesarias" para obligar a una autonomía "al cumplimiento forzoso" de las obligaciones que la Carta Magna u otras leyes le impongan.

El Consejo de Europa en su documento final no hace ninguna referencia al artículo 116 de la Carta Magna, sobre el estado de alarma, excepción y sitio. En las alegaciones enviadas por el Gobierno central a la Comisión de Venecia se afirma que "si la situación fuera más grave" y no pudiera solucionarse con otras herramientas, como el artículo 155, aplicaría el 116.