POR LO EMBRIONARIO DE LOS PLANES

El TS rebaja las condenas a la célula del Raval que quería atentar contra el metro de BCN

El fallo absuelve a Kadeer Malik y Shaib Iqbal del delito de tenencia de explosivos

Los 11 acusados, en la sala blindada de la Audiencia Nacional, en el primer día del juicio, el 12 de noviembre.

Los 11 acusados, en la sala blindada de la Audiencia Nacional, en el primer día del juicio, el 12 de noviembre.

MARGARITA BATALLAS / Madrid

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El Tribunal Supremo ha rebajado las penas impuestas a los 11 islamistas que querían atentar en enero del 2008 contra el metro de Barcelona por lo embrionario de los planes, al entender que "en el momento de la detención de los acusados, estos no disponían más que de una mínima cantidad de una sustancia que pudiera usarse como explosivo, es decir no tenían posibilidad alguna de producir objetivamente resultado delictivo".

Por ello, absuelve a dos de ellos (Kadeer Malik y Shaib Iqbal) del delito de tenencia de explosivosdel delito de tenencia de explosivos por el que fueron condenados en la Audiencia Nacional. El alto tribunal también establece una rebaja de las penas impuestas a estos acusados por entender que, a pesar de la gravedad de sus actos, la condena no debe superar el mínimo legal.

Los jueces del Supremo apoyan la actuación de sus inferiores de haber dado credibilidad al testigo protegido, un islamista que iba a participar en el atentado, pero que lo abortó al comunicar los planes de la célula terrorista a un policía que conocía en Francia. Para el Supremo, este testigo es "un particular" que "colabora con la policía en la investigación de los hechos e identificación de los participes".

Servicios secretos

Asimismo, la sentencia del alto tribunal defiende la actuación de los servicios secretos y de la policía y de la Guardia Civil. “Las manifestaciones de este fenómeno”--dice el alto tribunal-- "son mucho más complejas, en cuanto a su investigación y prueba, que cualquier otra modalidad delictivas. Por ello no es reprochable que los servicios de inteligencia o las unidades policiales extienda sus investigaciones a un amplio espectro de personas que pudieran sentirse atraídas por las prácticas que incitan a la violencia en nombre de creencias religiosas y, una vez agotadas sus posibilidades, centren sus sospechas en un número de personas que, finalmente, ponen a disposición de la autoridad judicial".

Por todo ello, el Tribunal Supremo impone penas que van desde los 8 años de cárcel impuestos al presunto dirigente de la célula, Maroof Ahmed Mirza, hasta los seis años a los que se condena a los 10 islamistas restantes por un delito de integración en organización terrorista. La Fiscalía durante la vista celebrada el pasado 15 de diciembre en el alto tribunal solicitó que se elevaran en ocho años todas las condenas -que iban desde los 8 años y 6 meses a los 14 años de prisión- por entender que la preparación del atentado en el suburbano tenía mayor madurez de lo que se estimó en un principio.