por la identificación equivocada de los cadáveres

El Gobierno concede el indulto parcial a los dos oficiales condenados en el caso del Yak-42

La pena de prisión ha sido suspendida condicionalmente, tras el recurso de ambos ante el Tribunal Constitucional

Familiares de los militares fallecidos en el accidente del Yak-42 depositan flores sobre el monumento en su memoria, en el paseo de la Constitución de Zaragoza, el 17 de abril del 2007.

Familiares de los militares fallecidos en el accidente del Yak-42 depositan flores sobre el monumento en su memoria, en el paseo de la Constitución de Zaragoza, el 17 de abril del 2007.

MAYKA NAVARRO / Madrid

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El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión delindulto parcial para el comandanteJosé Ramírez y el capitánMiguel Sáez, condenados por las identificaciones erróneas de 30 de los 62 cadáveres de los militares españoles fallecidos en elaccidente del Yak-42.

Los indultos afectan únicamente a las penas de inhabilitación de un año que les fueron confirmadas a ambos por el Tribunal Supremo. Las reacciones de los familiares de las víctimas no se hicieron de esperar, y calificaron la medida del Gobierno de una “sinvergüencería en mayúsculas” y de todo un despropósito. En un primer momento el polémico indulto pasó desapercibido en un Consejo de Ministros especialmente denso de noticias.

Los dos oficiales fueron condenados en el 2009 como cómplices de un delito de falsedad documental por su responsabilidad en el accidente aéreo que provocó la muerte de 62 militares en Trebisonda (Turquía) el 26 de mayo del 2003, cuando regresaban de Afganistán. La medida de gracia cuenta con el informe favorable de la Sala sentenciadora y de la fiscalía que se mostraron de acuerdo por haber satisfecho ambos las responsabilidades civiles y pagado la multa impuesta. Un portavoz del ministerio de Defensa, no quiso anoche valorar el indulto, y aseguró que se ha tratado de una decisión del Gobierno, en la que el ministerio de Defensa no ha intervenido.

Informes breves

La fiscalía se limita a señalar, en sendos informes de un folio al que ha tenido acceso Europa Press, que teniendo en cuenta que el condenado ha satisfecho la pena de multa y la indemnización a las víctimas, y que la pena de prisión ha sido suspendida condicionalmente, tras el recurso de ambos ante el Tribunal Constitucional, "resulta procedente conceder el indulto de la pena de inhabilitación especial sin que ésta deba extenderse a la pena de prisión". El informe tiene fecha del pasado 25 de marzo.

Por su parte, la Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional señala en sus respectivos informes, cuyo contenido también es idéntico, que no aprecia que ni José Ramón Ramírez ni Miguel Angel Sáez tuvieran "ningún móvil personal --tampoco intención de causar daño a los perjudicados, aunque éste se produjo--, sin que de él se haya obtenido beneficio o ventaja de tipo alguno por parte del responsable criminal, que ha satisfecho las responsabilidades civiles y pagado la multa impuesta". Este segundo informe tiene fecha de 5 de abril.

Sentencia

El 17 de marzo del 2010, el Tribunal Supremo confirmó en su integridad la sentencia dictada por la Audiencia Nacional contra el general de División retirado Vicente Carlos Navarro y dos de sus subordinados por su responsabilidad en el accidente delYak-42.

Durante todos estos años las familias de las víctimas de los fallecidos han batallado para que las responsabilidades por el accidente alcanzara al entonces ministro de Defensa, Federico Trillo.

Está previsto que la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional revise el próximo día 27 los recursos que los familiares de las víctimas delYak-42 han presentado contra la decisión que el pasado 2 de febrero tomó el entonces titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 y hoy presidente de la Audiencia Nacional, Fernando Grande-Marlaska, de archivar la causa en la que se depuraban las múltiples irregularidades que rodearon la contratación del vuelo. El juez consideró que no existía relación causa-efecto entre dichas irregularidades y el siniestro, al contrario de lo que piensan las familias, a cuyo recurso se adhirió el fiscal.