EL TSJC condena al Ajuntament de Parets por la discapacidad de un monitor expuesto al cloro de la piscina municipal

El consistorio deberá hacerse cargo de un incremento del 30% sobre el importe de la prestación por discapacidad del trabajador

ACN / EL PERIÓDICO / PARETS DEL VALLÈS

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EL Tribunal Superior de Justícia de Catalunya ha ratificado la resolución por la que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) condenó en 2014 al Ajuntament de Parets del Vallès a hacerse cargo de un incremento del 30% sobre el importe de la prestación por incapacidad permanente reconocida a un monitor de natación de la piscina municipal de Can Butjosa por una bronquitis crónica derivada de la exposición al cloro.

Según el INSS, la bronquitis crónica que sufre el empleado municipal deriva de un accidente de trabajo ocurrido el año 2011 y declaraba la responsabilidad empresarial del consistorio por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo.

La sentencia, que rectifica la dictada por el Juzgado Social 15 de Barcelona revocando la del INSS, considera acreditado que a pesar del accidente de trabajo se produjo en el año 2011, el trabajador afectado ya había sido diagnosticado desde el año 2009 de bronquitis crónica ocupacional y que, a pesar de ser considerado apto para seguir realizando su trabajo, varias revisiones médicas externas posteriores alertaron del riesgo que significaba que continuara expuesto al cloro.

OTROS CASOS DE EXPOSICIÓN

En su resolución, el TSJC acredita que poco antes de que al trabajador le fuera diagnosticada por primera vez la bronquitis crónica causada por la exposición al cloro, otro empleado sufrió una contingencia profesional vinculada al cloro de la piscina cuando "prestaba servicios en condiciones análogas" que acabó derivando en una declaración de incapacidad.

A criterio del Alto Tribunal, la coincidencia en el tiempo y en las circunstancias de estas situaciones, vinculadas en ambos casos a la exposición al cloro, constituyen prueba suficiente para demostrar que "las condiciones en que se prestaban servicios en la piscina en aquel tiempo fueron la causa de la afectación respiratoria de al menos dos de sus trabajadores" y responsabiliza al consistorio a quien considera "conocedor de la problemática que planteaba el cloro de la piscina".

EL AYUNTAMIENTO ACATA PERO NO RECONOCE LA CULPA

Fuentes municipales reconocen que “conocemos y acataremos la sentencia pese a no estar acorde. En este sentido nos apoyamos en la sentencia de 1ª instancia que dio la razón al ayuntamiento”.

Las mismas fuentes aseguran haber actuado correctamente des del primer día: “Se han hecho dos importantes reformas para encontrar la solución por la concentración de cloraminas. Todas las inspecciones hechas por ASEPEYO des de que hay denuncias han dado negativo, incluido la que se hizo con el monitor en cuestión”.

Actualmente, dos trabajadores más de estas instalaciones municipales están pendientes de juicio por afectaciones a la salud provocadas igualmente por la exposición al cloro.

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