La financiación autonómica

A vueltas con las balanzas fiscales

La principal diferencia entre Hacienda y la Generalitat es cómo computan lo que vuelve a Catalunya en especie

ÁNGEL DE LA FUENTE

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Déjenme romper una lanza a favor de las denostadas cuentas territorializadas del Ministerio de Hacienda. La respuesta del Gobierno catalán y de sus medios afines a la publicación de la nueva estadística ha sido intentar descalificarla de entrada como un burdo intento de rebajar el déficit fiscal de Catalunya por procedimientos poco científicos (véase, por ejemplo, EL PERIÓDICO del 22 de julio). La historia oficial es que prácticamente todos los gobiernos de los países federales avanzados publican regularmente datos oficiales sobre balanzas fiscales calculados con una metodología estandarizada que es la que utiliza la Generalitat pero no Hacienda. En esta metodología jugaría un papel importante el procedimiento de imputación conocido como de flujo monetario, al que volveré más adelante.

La historia, sin embargo, es fácil de desmontar. Basta para ello con dedicar unos minutos a dos documentos que vienen de la otra parte en el debate. El primero es un informe del Institut d'Economia de Barcelona (report 1/2014 en http://www.ieb.ub.edu/2012022157/ieb/ultimes-publicacions#.VdnzgUVptx8) que ha sido coordinado por Núria Bosch y Marta Espasa. El segundo es un documento de trabajo de la propia Generalitat elaborado por Gerard Montasell y Esther Sánchez (http://economia.gencat.cat/web/.content/70_economia_catalana/arxius/pt_201201.pdf), en el que aquellas se apoyan para hablar de la literatura internacional sobre balanzas fiscales.

La introducción del informe del IEB ofrece una versión blanda de la historia oficial. Las autoras solo se atreven a sugerir, aunque nunca lo dicen claramente, que existe un estándar internacional bien asentado en el que se reconoce que el método de flujo monetario aporta una perspectiva necesaria. Desafortunadamente para ellas, el experto canadiense al que se entrevista en la parte final del informe, el profesor Vaillancourt, niega inmediatamente la mayor: en su opinión, el único método correcto para elaborar una balanza fiscal es el del flujo de beneficio (página 14), esto es, el de Hacienda.

El repaso de la literatura de balanzas fiscales que hacen Montasell y Sánchez tampoco es fácil de reconciliar con la historia oficial. Un buen sitio para empezar es el cuadro resumen que se ofrece en la página 41 del documento. Al lector le sorprenderá sin duda el parco número de estudios que allí se recogen (solo cinco fuera de España), la ausencia de cualquier Gobierno nacional, excepto el español, entre los productores de balanzas fiscales y el limitado uso que se hace del método de flujo monetario fuera de Catalunya. De hecho, cada uno de los cinco estudios comparte con el de Hacienda el pecado capital de utilizar una única metodología, que nunca es la de flujo monetario puro. El caso que más se acercaría es el de Australia, pero incluso aquí resulta que el grueso del gasto en defensa y todo el gasto realizado en el distrito federal de Canberra se reparten por población (páginas 10-11), lo que nos acercaría mucho al criterio de beneficio.

A la vista de todo esto, creo que cabe al menos una duda razonable ante la descalificación ex ante a la que han sido sometidas las cuentas territorializadas por saltarse un supuesto consenso científico que, en la limitada medida en que existe, apuntaría más bien en la dirección contraria. El debate, por tanto, debería dirimirse en base a los méritos relativos de los informes de Hacienda y de la Generalitat, y sobre esto estoy seguro de que el mercado acabará poniendo las cosas en su sitio.

Mientras tanto, déjenme decir algo sobre las virtudes relativas de las distintas metodologías. La principal diferencia entre las estimaciones de Hacienda y las preferidas por la Generalitat tiene que ver con cómo se tratan las cosas que vuelven a Catalunya en especie, en forma de servicios y no de dinero, incluyendo las embajadas, el grueso del gasto en defensa y la superestructura política y administrativa del Estado, que se concentra en Madrid. La Generalitat simplemente no las cuenta (lo que, como quien no quiere la cosa, nos libera de la obligación de ayudar a financiarlas dado que el déficit fiscal se presenta como lo que pagamos de más). Pero eso es como si yo le dijese a mi comunidad de vecinos que me niego a pagar la parte que me toca del sueldo del portero porque este señor está físicamente en el portal y no en mi piso. A mí eso me parece un disparate, lo que no quiere decir que poner la capital en un sitio o en otro no tenga efectos económicos. Si Madrid no fuese la capital de España, sería un sitio muy parecido a Talavera, pero ¿y qué? ¿Vamos a pedirles a los madrileños que asuman ellos solos el coste del núcleo del aparato administrativo estatal porque este se concentra físicamente en su región? ¿Van a pedirnos luego a los barceloneses que hagamos lo propio con la Administración de la Generalitat? En ambos casos, ¿no sería echarle un pelín de cara al asunto?