Población y derechos

Voto inmigrante: ¿cuándo y cómo?

Para la mayoría, votar en las municipales solo es posible si antes se obtiene la nacionalidad española

XAVIER RIUS

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

En las consultas por la independencia celebradas entre el 2009 y el 2011, con las que se inició el proceso que vive Catalunya, se animó a votar a los inmigrantes, incluso a los que no tenían papeles. En Vic esa consulta se realizó en diciembre del 2009, y el mismo alcalde que había animado a los irregulares a votar decidió una semana después que debían ser eliminados del padrón municipal los que no tuvieran permiso de residencia, a los que pretendía denunciar para expulsarlos de España. Esa propuesta sobre el padrón no prosperó, dada la obligatoriedad que tienen los municipios de empadronar, pero puso sobre la mesa la poca coherencia de algunos políticos, que pasan de proclamar que todo el que vive y trabaja en Catalunya es catalán -y por lo tanto debe votar sobre la independencia- a proponer la semana siguiente la expulsión de una parte de ese colectivo.

CON MOTIVO de la consulta del 9-N, la Assemblea Nacional Catalana y algunos de los partidos que la impulsan defienden que los inmigrantes con papeles deben poder votar.  El hecho de que el PSC decidiera abrir sus elecciones primarias de Barcelona a los inmigrantes con permiso de residencia (participaron 150 de los 22.000 paquistanís que hay en la ciudad) generó una controversia interesada, en la que algunos pusieron en duda la transparencia de dichas primarias. Pero el problema de fondo es la consideración o no de los extranjeros, sobre todo los de ciertos orígenes, como ciudadanos de pleno derecho, más allá de si tienen el permiso de dos o cinco años o de si están tramitando ya la nacionalidad española. Hay inmigrantes sinpapeles que hablan bien el castellano o el catalán. Y hay otros con papeles que solo saben cuatro frases para ir a comprar.

Uno de los acuerdos del Pacte Nacional d'Immigració del 2008 fue la aprobación de la ley de acogida catalana, que vinculaba las renovaciones de permisos y las acreditaciones para la obtención de la nacionalidad a la realización de cursos y la adquisición de competencias lingüísticas. Pero con los recortes, los fondos con los que se sufragaban estos cursos quedaron reducidos casi a cero. El Pacte Nacional d'Immigració acordó promover los cambios para otorgar el derecho de voto en las municipales a los extranjeros extracomunitarios con permiso de larga duración. Un año antes, el Congreso había aprobado por unanimidad una moción para conceder el derecho de voto en las  municipales a los inmigrantes con unos años de residencia, e instado a que se firmaran acuerdos de reciprocidad con los países de procedencia. La regulación del derecho de voto de los inmigrantes en elecciones locales debía ser una manera de corregir la desconexión entre quienes gestionan el municipio y esa gran parte de ciudadanos que viven y pagan impuestos pero no pueden decidir sobre su ciudad. En Ciutat Vella, donde se generó la controversia por la presencia de paquistanís en las primarias del PSC, el 44% de la población es extranjera. ¿A quienes representa el concejal del distrito si casi la mitad de la población no puede votar?

Pese a que el PP apoyó inicialmente hacer efectivo el derecho de voto de los inmigrantes en las municipales, finalmente no pudo generalizarse al oponerse el mismo PP a que se firmaran acuerdos con Marruecos y otros países. Hoy solo pueden votar los ciudadanos comunitarios y los de Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay y Perú.

La única manera de acceder al derecho de voto para la mayoría de inmigrantes es obteniendo la nacionalidad española. Pero la ley es muy distinta para unos y otros. Mientras los latinoamericanos pueden solicitar la nacionalidad con dos años de residencia (y los trámites se alargan hasta otros tres años), los originarios de Marruecos, Senegal, Pakistán o China no pueden pedirla hasta que acreditan 10 años continuados con papeles. Así, se dan casos de nacionales latinoamericanos que serán españoles de pleno derecho, pudiendo votar en todos los comicios, antes de conseguir el derecho al voto en las municipales como extranjero. En cambio, los procedentes de Pakistán, Marruecos, Gambia o China tienen vetada la posibilidad de votar en las municipales y deben acreditar 10 años continuados con papeles para iniciar los largos trámites para la nacionalidad.

Unas diferencias a la hora de acceder a los distintos grados de ciudadanía que lamentablemente no valoran a los extranjeros de manera igual de acuerdo con su arraigo, sus capacidades lingüísticas y sus años de residencia, sino por criterios selectivos según el origen, lo  que no ayuda a cohesionar el tejido social y puede motivar que quien gobierna actúe de manera distinta según si pueden o no votar aquellos a los que administra.