"Circunstancias sobradamente conocidas"
La singularidad del 'caso Nóos' y la previsible exoneración de la infanta Cristina aconsejaban un desenlace más ejemplarizante. Oportunidad perdida
Enric Hernàndez
Director
Director de EL PERIÓDICO desde el 2010 y licenciado en Ciencias de la Información por la Universitat Autònoma de Barcelona. En 1998 se incorporó al diario como redactor jefe de Política en Madrid. Un año más tarde, asumió la jefatura de la delegación y, en el 2006, fue nombrado subdirector. También trabajó en 'El País' como director adjunto y en el diario 'Avui', donde inició su carrera profesional.
ENRIC HERNÀNDEZ
A ojos de una ciudadanía perpleja y descreída, la reputación de la Corona y la de la justicia española ganaron enteros el día en que la infanta Cristina se sentó en el banquillo de los acusados. Fuera cual fuese el desenlace del juicio del 'caso Nóos', que su pertenencia a la familia del Rey no la eximiera de la vista oral apuntalaba el célebre aserto de su padre: «La justicia es igual para todos.»
Sin entrar en disquisiciones jurídicas sobre los fundamentos de la sentencia, la reciente absolución de Cristina de Borbón, pero sobre todo la condena impuesta a su marido --dulcificada merced a un sinfín de atenuantes-- pudo dejar un sabor agridulce en no pocas bocas. Labios en los que sin duda se habrá dibujado una mueca de disgusto ante la decisión de la Audiencia de Palma de dejar libre a Iñaki UrdangarinIñaki Urdangarin, permitiéndole que siga residiendo en su domicilio en Suiza sin imponerle siquiera la simbólica fianza que en nombre del ministerio público reclamaba el fiscal Pedro Horrach, en tanto el Supremo no resuelva los recursos y ratifique, atempere o revoque la sentencia condenatoria.
A despejar la impresión de que la justicia es más igual para unos que para otros no contribuyen los argumentos esgrimidos por las magistradas para mantener en libertad provisional a Urdangarin, condenado a seis años y tres meses de cárcel por varios delitos de corrupción, con la única obligación de comparecer mensualmente ante un juez de Ginebra. Aducen sus señorías que no ha lugar a decretar prisión provisional para Urdangarin y su socio, Diego Torres, al no apreciarse riesgo de fuga, pues ambos han acudido siempre puntuales a los llamamientos de la justicia y «disponen de arraigo suficiente (familiar, social, laboral) en territorio nacional, especialmente D. Ignacio Urdangarin, cuyas particulares circunstancias, sobradamente conocidas, nos eximen de su pormenorizado análisis».
Ante tan enigmático enunciado, cabe sospechar que si el tribunal soslaya tales «circunstancias» no es porque sean de sobras conocidas, sino porque resultaría incómodo, y quién sabe si impertinente, desgranarlas en un auto judicial de dominio público. Porque el «arraigo» del marido de la infanta en «territorio nacional», en tanto que residente en Suiza, solo puede entroncar con su familia política en España, o con el hecho de que, por tratarse de quien se trata, disponga de escolta policial. De ahí que, mientras las juezas ordenaban privar de pasaporte a Torres para asegurarse de que no huye de España, Urdangarin pudiera exhibir el suyo al embarcar rumbo a Ginebra.
Si el 'caso Nóos' fue, en el 2015, uno de los detonantes de la sucesión al frente de la Corona, su resolución dos años más tarde en la Audiencia de Palma no ha sido la mejor de las noticias para la institución monárquica. La alarma social ante la lacra de la corrupción, la gravedad de los delitos enjuiciados y la previsible exoneración de la infanta Cristina aconsejaban que, para disipar cualquier sospecha de favoritismo, tanto la condena de Urdangarin y su socio como su posterior aplicación resultaran claramente ejemplarizantes. Desde esta óptica, la sentencia ha sido una oportunidad perdida.
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