¿Unilateral pero vinculante?

Los escollos para un referéndum sin autorización del Estado no serían menores que los de la consulta de 9-N, a la que Mas tuvo que renunciar

Puigdemont en la reunión del Govern

Puigdemont en la reunión del Govern / periodico

ENRIC HERNÀNDEZ

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Carles Puigdemont desvelará este miércoles la nueva hoja de ruta del Govern para construir una República catalana, plan que, si no defrauda las expectativas creadas por los socios de ERC y los potenciales aliados de la CUPERCCUP, incorporará, de un modo u otro, la convocatoria de un referéndum de independencia. Acordado y acorde a la legislación española en la remota hipótesis de que el Estado se aviniera a permitirlo. Y, en caso contrario, organizado de forma unilateral, pero con "garantías" de reconocimiento internacional y poder vinculante, en recientes palabras del 'president'. Oxímoron este último que merece algunas precisiones.

Pero antes conviene tomar perspectiva. Tras las 'plebiscitarias' del 27-SJunts pel Sí anunció que la mayoría cosechada en el Parlament junto a la CUP los legitimaba para activar el proceso de secesión pero no para culminarlo, al carecer de mayoría en las urnas. Aquella hoja de ruta contemplaba la "proclamación de la independencia" (página 31 del programa de Junts pel Sí), una ley de transitoriedad jurídica y la convocatoria de unas elecciones constituyentes y un referéndum constitucional. En puridad, esta versión 2.0 que prepara Puigdemont carece de la pregonada legitimidad de las urnas, pues el referéndum unilateral (RUI) no figuraba en ningún programa electoral. Queda escrito.

POR Y PARA INDEPENDENTISTAS

Descontado el 'no' del Estado a una consulta pactada, nada indica que los escollos para celebrarla sean hoy menores que el 9-N, cuando Mas sustituyó la cita por un inocuo "proceso participativo". Un ejemplo: privada la Generalitat de competencias electorales y del censo, podría sustituirlo por uno de ciudadanos inscritos (modelo 'brexit'), lo que aseguraría el triunfo del 'sí' pero no ofrecería garantías sobre la limpieza del proceso. En el mejor de los casos, sería otra votación simbólica por y para independentistas.

Lo que nos lleva a su valor jurídico: según los estándares internacionales, para que un referéndum sea vinculante su resultado debe comprometer a ambas partes en litigio, como sucedió en Escocia. Por grande que sea el empeño y tozuda la voluntad, la realidad aún lo es más.