Análisis

Tormenta en un vaso de agua

La Constitución permite al Rey el capricho de otorgar y retirar títulos nobiliarios a voluntad

Javier Pérez Royo

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Pretender interpretar la Monarquía en términos jurídicos es imposible. Antes de la Revolución francesa sí era posible. Después de la Revolución, no. Desde la Revolución el principio de igualdad preside el ordenamiento jurídico del Estado constitucional, sin que sea admisible excepción de ningún tipo. Eso es lo que diferencia al Estado constitucional de todas las formas previas de organización del poder, y en ello reside su superioridad sobre todas ellas.

El análisis de la Monarquía en el Estado constitucional siempre acaba tropezando en esta piedra. Sin igualdad no hay Derecho. Habrá lo que sea, pero no Derecho. ¿Con base en qué puede ser calificado de jurídico el acto por el que el rey Juan Carlos I concedió el título de duquesa de Palma a su hija con motivo de su boda con Iñaki Urdangarin? En ese acto hay una manifestación de voluntad caprichosa, en la medida en que no es posible discernir  en él justificación alguna objetivamente racional y nada más. Voluntad caprichosa que la Constitución posibilita. Pero que no por eso deja de ser caprichosa. Y capricho y Derecho son términos antagónicos. No lo eran en el Antiguo Régimen, porque el Derecho no era la categoría general que presidía las relaciones entre los seres  humanos. El Derecho era la excepción en un mundo presidido por el privilegio. En ese mundo el capricho regio tenía su sitio.  En el Estado constitucional posterior a la Revolución francesa ya no es así.

Por esta razón me parece que es una tormenta en un vaso de agua el debate que se ha abierto como consecuencia de la decisión del rey Felipe VI de privar a la infanta Cristina del título que le otorgó su padre. Aquí no hay nada que discutir en términos jurídicos. Caprichosa fue la decisión del rey Juan Carlos I y caprichosa ha sido la del rey Felipe VI. La misma legitimidad dinástica que tuvo el primero para otorgarlo la tiene el segundo para retirarlo. Como dicha legitimidad carece de cualquier conexión posible con el principio de legitimidad democrática, que es el único admisible en el interior del Estado, nada se puede decir con sentido sobre esta ida y venida del ducado de Palma.

No sé quién habrá aconsejado al rey Felipe VI que tome la decisión, pero en mi opinión lo mejor que se puede hacer en un asunto como este es dejarlo como está y no darle más vueltas. Hacer visible ante la opinión pública que el capricho real sigue estando presente en el Estado no creo que pueda contribuir desde ningún punto de vista al prestigio de la Monarquía.

Poner fin a la concesión de  títulos nobiliarios sin más es la única decisión que, a estas alturas de la historia, podría ser entendida por la opinión pública. Tal vez se podría haber aprovechado la ocasión para ello. Pienso que si se formulase una pregunta en este sentido, sería respondida de manera abrumadoramente mayoritaria por la ciudadanía. En la práctica no es que tenga mucha importancia, pero sería una señal de modernidad.