PREGUNTAS SOBRE LA INDEPENDENCIA / 14

¿Habría seguridad jurídica?

Después de una hipotética declaración unilateral de independencia, coexistirían temporalmente las normas que querría aplicar la Administración española y las que intentaría hacer efectivas el Ejecutivo del nuevo Estado catalán. ¿Quién haría cumplir las leyes?

XAVIER ARBÓS

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Imaginemos, como en una pesadilla, que hay una falta total de seguridad jurídica y nos parecerá ver un desorden caótico. Es una hipótesis extrema, que ni se da ni se dará, pero que quiere destacar la importancia de un asunto que no es solo cosa de juristas.

Si no hay normas o no se cumplen, los tramposos y los más fuertes ganan siempre. Los contratos son papel mojado y las leyes se incumplen sin miedo a sanciones que no se aplican. Las escenas que nos evoca esto, por razones casi antropológicas, nos resultan inverosímiles. No nos podemos reconocer.

Los seres humanos somos animales sociales, lo que conlleva que, si no podemos sobrevivir solos, tenemos que convivir con otros. Y es imposible hacerlo sin reglas. Como dice el aforismo latino, ubi societas, ibi ius; es decir: no hay vida en sociedad si no hay normas.

Dejemos ahora las teorías y aterricemos en la realidad que podría comenzar en función de los resultados de las elecciones del próximo domingo. Hay que excluir, de entrada, la hipótesis catastrofista apuntada al inicio, solo para destacar la importancia de la eficacia de la seguridad jurídica. Podemos estar tranquilos desde este punto de vista, porque ninguna de las siete candidaturas principales pretende hacer tabla rasa de todo el orden jurídico vigente en nuestra casa.

Desobediencia civil

Dicho esto, sí que es verdad que algunas voces llaman a practicar la desobediencia civil como parte de la estrategia que defienden. Y es a partir de aquí cuando podemos considerar lo que me parece el factor principal de la inseguridad jurídica: la ineficacia de la legislación. La existencia de leyes en los boletines oficiales, accesibles y claras, es la primera concreción del principio de seguridad jurídica.

Pero se queda en el mundo de las buenas intenciones (es decir, de los principios) si la seguridad jurídica no es una percepción que pueda verificarse por el comportamiento de los gobernantes y de los gobernados.

Conductas predecibles

Que las leyes no se cumplan puede deberse a que una parte de la población ha decidido desobedecerlas de manera consciente y explícita, como gesto político. También puede explicarse de manera más sencilla: que no existen los medios necesarios para hacer cumplir las normas y la población evita las que no le gustan por razones que pueden ser estrictamente individuales, insolidarias o prosaicas. Sea cual sea la razón, la ineficacia de las normas afecta a la seguridad jurídica. Su eficacia, en cambio, hace predecibles los comportamientos que rigen, y así se reduce la incertidumbre de la evolución de la vida cotidiana en sociedad.

Ciertamente, puede haber leyes injustas ante las que muchos quieran levantar un principio ético superior al de seguridad jurídica, y desobedecerlas en consecuencia. Así irán en detrimento de la seguridad jurídica, pero les parecerá justificado. Quizá lo será, e incluso podrá ser justificado para la mayoría si la mayoría comparte el mismo criterio de lo que es justo en el supuesto concreto. Pero, justificada o no, la afectación a la seguridad jurídica existirá.

Solo en el caso de que la desobediencia civil impusiera de manera eficaz una norma alternativa a la que se rechaza devolvería la seguridad jurídica. Que, por otra parte, también podría ser víctima de un movimiento de desobediencia civil igualmente convencido de la justicia de su causa, y así la rueda volvería a girar. No importa si se pone en movimiento por quien niega legitimidad al poder del Estado español, o comienza a impulsarla quien rechaza la del gobierno provisional de la República catalana.

La falta de seguridad jurídica derivada de la ineficacia de las normas puede tener un origen menos ideológico que el coraje ético propio de los que practican la desobediencia civil. Ahora no hablamos de principios: hablamos de dinero, y de la información que debe permitir saber dónde está y dónde debe ir.

Dos administraciones

Las normas que establecen los impuestos, o las que atribuyen pensiones, son eficaces si se sabe quiénes son los contribuyentes y cuánto deben pagar, y quiénes son los pensionistas y cuánto deben cobrar. En la hipótesis de la secesión unilateral coexistirían, al menos temporalmente, las normas que querrá aplicar la Administración española con las que intentará hacer efectivas el gobierno responsable de las estructuras del nuevo Estado catalán.

Si solo uno de los dos tiene la información imprescindible para cobrar impuestos y pagar pensiones, éste podrá ofrecer seguridad jurídica: será capaz de cumplir y hacer cumplir las propias normas. Si ambos tienen la misma información, la inseguridad jurídica la generará el temor de tener que pagar dos veces los mismos impuestos, aunque quizá la compensará la esperanza de cobrar de dos partes que algunos tendrán. Parecería justo...