El Estado del bienestar

La ley del más débil

Implementar la ley de dependencia, viva pero sin recursos, es una obligación política urgente e ineludible

ALICIA GARCÍA RUIZ

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Vivimos tiempos de gran oscuridad respecto al espíritu de las leyes que insufla vida a nuestra actividad legislativa. Por un lado, leyes zombis como la ley de protección de la seguridad ciudadana nacen muertas por su falta de consenso y su carácter antidemocrático. Por otro, hay leyes que pese a nacer plenamente vivas agonizan por falta de recursos. La ley de dependencia es una de ellas. ¿Cuál de estas dos leyes protege en realidad? La urgente agenda política que ampara la segunda contiene cuatro elementos vitales en cualquier sistema político democrático: redistribución de la riqueza social, promoción de una igualdad efectiva, inscripción de la justicia en situaciones reales y organización de la reciprocidad. Incumplir esta ley es atacar el corazón mismo de una democracia.

El marco que da sentido a la ley de dependencia no puede ser más claro: ningún ser humano se basta a sí mismo. Todos sin excepción, y no solo los afectados por algún tipo de dolencia incapacitante, en distintos momentos de nuestro ciclo vital hemos sido y volveremos a ser dependientes: desde la infancia hasta la vejez. Sin embargo, el enfoque estándar de los derechos y del reparto de la riqueza social se concibe solo desde las situaciones de plenitud física de sujetos en edad productiva. Esta perspectiva simplificadora es como un fotograma que congelase la verdadera moviola de la vida humana. El problema no es, pues, de los otros, esos a los que les ha tocado en suerte el infortunio, sino de todos. Todos somos o seremos sujetos, potenciales o reales, de las situaciones que contempla una ley de dependencia.

La reflexión sobre las prácticas del cuidado desarrolladas en torno a estos escenarios vitales surge históricamente como reacción contra el trasfondo neoliberal de los 80, con el triunfo de la figura del emprendedor y la absoluta desregulación de los mercados. Un periodo de glorificación de la ley del más fuerte y del más adaptado. Hoy, a la luz de los efectos dañinos desencadenados por estos paradigmas, las reflexiones sobre el cuidado vuelven a cuestionarlos. Lo que en un futuro próximo quede de un Estado social no solo deberá hacer frente a nuevas formas de vulnerabilidad debidas al empobrecimiento y el envejecimiento de la población, sino que lo hará sobre un tejido social ya maltrecho. No es que estas situaciones sean nuevas, es que nunca se fueron: simplemente, no eran percibidas con los paradigmas políticos predominantes.

Entre las asignaturas pendientes del Estado social destaca la de paliar la injustificable invisibilidad de la problemática de la dependencia. Las prácticas del cuidado serán cada vez más relevantes, dada la vulnerabilidad potencial generalizada en todos nosotros y los formidables desafíos que plantean la demografía y la extensión de la desigualdad. Sin embargo, la respuesta institucional más común frente a su papel crucial en las dinámicas profundas de la reproducción social ha sido el menosprecio, la falta de remuneración y de organización social de estas actividades. Lo que viene será aún peor: tradicionalmente confinadas al ámbito invisible de lo familiar, de su feminización y de su justificación en términos de afectividad o benevolencia, ahora serán además sometidas a la ley del más fuerte, del sálvese quien pueda y/o tenga bolsillo para pagar el cuidado que precisan sus seres cercanos o él mismo.

Es preciso ser conscientes de que la vulnerabilidad de un individuo expuesto a las hostiles condiciones que promueve el incumplimiento de esta ley se extiende por una cadena de fragilidades asociadas entre los que le rodean, como la que aqueja hoy a muchos cuidadores familiares. Quede claro: el bienestar no corresponde solo a sujetos activos en regímenes productivos y la riqueza social no se produce solo en el tiempo de trabajo sino también en el del cuidado. Es justo y necesario repartirla con equidad. La Administración debe dotar de los medios debidos a políticas públicas de verdadera protección de las personas y de promoción de una igualdad real. Se trata de hacer recíproco un mundo que nunca es simétrico, ni siquiera en el arco temporal de una sola vida. Los marcos normativos han de proporcionar las correcciones que hagan posible esa reciprocidad y en definitiva la justicia como equidad. Pero sobre todo deben promover la dignidad insoslayable de toda situación de dependencia. La implementación de esta ley es una obligación política no solo urgente, sino ineludible. Frente a la ley del más fuerte está La ley del más débil, título de un magnífico libro de Luigi Ferrajoli. ¿Hace falta recordar que esta ley es la ley de todos en algún momento de nuestra vida?