Dejà vu. Esta es la sensación que produce la nueva sentencia del Tribunal Supremo contra el uso del catalán como lengua vehicular del sistema educativo de Catalunya, en este caso en el segundo ciclo de la enseñanza infantil, de 3 a 6 años. Al igual que hizo en el 2010, el alto tribunal interpreta de forma sesgada la sentencia sobre el Estatut que en su día emitió el Tribunal Constitucional y considera que este quiere que el catalán y el castellano tengan paridad absoluta en el sistema educativo, es decir, no solo que se garantice el derecho individual de los padres que quieren escolarizar a sus hijos en castellano sino que eso se extienda por defecto a todos los niveles de la enseñanza.
Información publicada en la página 6 de la sección de Opinión de la edición impresa del día 27 de junio de 2012 VER ARCHIVO (.PDF)
El embrollo judicial se completa con el hecho de que la aplicación de la sentencia del Supremo compete al Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, que en el caso precedente -aunque aún hay recursos de por medio- circunscribió el uso del castellano como lengua vehicular a los casos en que se pida explícitamente. Por lógica, ahora debería suceder lo mismo. En todo caso, la consellera Irene Rigau cree que la continuidad del modelo actual está blindada por la ley de educación de Catalunya. Es deseable que esté en lo cierto, porque tener que insistir a estas alturas en el éxito y la validez de la inmersión lingüística es cansino por obvio. La intransigencia y la ignorancia se empeñan en dividir y crear un problema donde no lo hay.