OPINIÓN

Transparencias, tacones y floreros

Ex sultum se nentem Romneque viriam ingulto rumus, Catarib

Ex sultum se nentem Romneque viriam ingulto rumus, Catarib

ESTHER SÁNCHEZ

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Centros de estética, gimnasios, industrias de la cosmética, parafarmacia, lencería o moda aprovechan el nicho de consumo de las mujeres gracias a la explotación de una cierta imagen de feminidad. Sus departamentos de márketing, en colaboración con los medios de comunicación, alimentan una identidad femenina vinculada a determinados estereotipos de belleza y a unos modelos y roles sexuales culturalmente muy arraigados.

Es lo que alertaba Fátima Mernissi, escritora marroquí, cuando criticaba la opinión mayoritaria de Occidente en contra del uso del hiyab por considerarlo sexista: ¿qué mujeres son más esclavas de su propia cultura estética, las musulmanas o las occidentales?

Mientras normalizamos esta realidad, siguen emitiéndose anuncios publicitarios que cosifican a la mujer o reivindicamos la libertad de expresión y de creación como (sesgado) tótem social desde el que reproducir esta cosificación, en las empresas los parámetros de exigencia son, en ocasiones, diferentes.

Se acaba de condenar a Patrimonio Nacional por sancionar a una guía turística que se negó a vestir el uniforme establecido, una camisa blanca y unos zapatos de tacón. La razón que pueden justificar este fallo es que esta empresa pública había consentido durante tres años la desobediencia de la trabajadora que se produjo desde que se le dieron las instrucciones de vestuario. ¿Cuándo entenderán los responsables empresariales que lo que se tolera no puede sancionarse?

El Tribunal acabó recurriendo a la discriminación por razón de sexo. Respecto de la camisa, señaló que no podía decidir, porque aunque la trabajadora alegaba que se transparentaba, no acreditó cuál era el tejido de la blusa, si existían diferencias con el de las que usaban los varones, o cuál era su grado de transparencia. Resbaladizo terreno probatorio que fácilmente puede desembocar en una espiral delirante. Imaginamos que no era ni de muselina, de chifón, o de gasa...

Los tacones fueron el detonante. Porque a los hombres no se les exige usarlos y porque (en palabras del Tribunal) aunque son dignos, son incómodos y no es admisible que se imponga solo a las mujeres y menos, en un organismo público.

Quizás la altura del tacón propuesto sería recomendable desde un punto de vista médico para una actividad de bipedestación prolongada.

Pero se concluyó que el uniforme era sexista, asimilando de forma discutible este supuesto a otros en los que, manifiestamente, las reglas de uniformidad eran discriminatorias, como las auxiliares de enfermería obligadas a usar cofia y delantal.

Un caso límite que nos lleva a reflexionar sobre la coherencia. Porque yo sigo viendo en los medios a mujeres bellísimas reducidas al papel de florero.