EDITORIAL

La DGAIA y la protección del menor

Urge una figura jurídica imparcial que medie entre la exigencia de protección del menor y los padres

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El caso más reciente de sentencia judicial que obliga a la Direcció General d’Atenció a la Infància i l’Adolescència (DGAIA) y al Institut Català de l’Acolliment i de l’Adopció a devolver a su familia a dos hermanos menores que estaban bajo la tutela de la Generalitamenorest es uno más de una cadena de litigios entre la administración y los padres o tutores que han visto como perdían temporalmente a sus hijos por muy diversas causas. La DGAIA, en los últimos años, ha tenido que lidiar con asuntos ciertamente delicados, desde el escándalo provocado por el desmantelamiento de una red de pornografía infantil (con menores tutelados implicados como víctimas) hasta las denuncias presentadas por Aprodeme (Associació per la Defensa del Menor) y otras entidades por el funcionamiento global del sistema de protección de menores y por la situación – en algunos casos indignante –  de los centros tutelados por la Generalitat, criticados también por el Síndic de Greuges.  

Se trata de discernir si estamos ante una legislación y una actitud de la administración que se califica como «la más garantista de España», como se ha defendido desde el Departament d’Afers Socials i Família, o si, por el contrario, nos hallamos ante una situación reiterada de indefensión a causa de la ausencia de una autoridad judicial que decida el ingreso del menor en centros de acogida o centros residenciales de acción educativa y de educación intensiva. La administración interviene en un asunto tan delicado (separar a los hijos de sus padres con la hipotética salvaguarda de la salud y el bienestar de los menores) por denuncias anónimas o de alguno de los cónyuges, por alertas de hospitales o escuelas o por el hecho de solicitar ayuda económica. Y en muchos casos, conviene destacarlo, las medidas que se imponen son efectivas. Pero la política que se aplica tiende a un celo excesivo, con lo cual en determinados casos se producen injusticias y desamparos que solo pueden revertirse después de un proceso judicial (largo y penoso) que no todo el mundo puede permitirse. Como indican los afectados, la propia administración «investiga, juzga y ejecuta», lo que implica una indefensión dramática. Urge una figura jurídica imparcial que medie con el compromiso de apostar por el bien supremo del menor pero sin desproteger el derecho de los padres a su tutela.