El proceso soberanista en Catalunya

Demasiado confuso y unilateral

A muchos nos gustaría poder votar sobre la independencia antes de que otros la declaren sin preguntarnos

XAVIER ARBÓS

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Un proceso sin procedimiento ataca los nervios de los juristas y debería inquietar a la ciudadanía. El presidente Mas se niega a precisar el marco jurídico de su propuesta del último 14 de octubre. Se nos llama a votar el 9 de noviembre en una consulta sin las garantías indispensables, las mínimas para que el resultado sea creíble como muestra de las opciones preferidas por el pueblo de Catalunya. Y la publicidad institucional nos dice Tú decides Tú decidescuando debería decir Tú opinas. Porque también se nos ha informado de que la movilización en forma de consulta del próximo 9-N no es definitiva; es una especie de primera vuelta.

Parece que lo que podría servir para justificar una Declaración Unilateral de Independencia (DUI) son unas elecciones en forma de elecciones. Las plebiscitariaslo serán si ganan y porque lo digan las fuerzas políticas dispuestas a hacer una DUI. Considerarían que su victoria se lo permitiría, de manera inmediata según ERC, o diferida según CDC. Incluso se invoca, como de pasada, una «jurisprudencia internacional» que ampararía la DUI. Conviene aclararlo de entrada, porque no es así.

La famosa opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia (TIJ), de 22 de julio del 2010 y referida a la DUI de Kosovo, sale a menudo a la luz. El TIJ deja claro, en el párrafo 56 de la opinión citada, que su alcance se refiere únicamente al caso de la república balcánica, no permite ni negar ni establecer un «derecho a la autodeterminación» en el que otros pueblos podrían acogerse. Como el pueblo de Catalunya, que no está colonizado, ni sus individuos son perseguidos por el hecho de pertenecer a ella. En otras palabras: como mucho se puede decir que la secesión unilateral pacífica no está prohibida, pero no se puede invocar una protección jurídica internacional específica para la DUI que pudiera hacer el Parlament de Catalunya.

Sin un planteamiento claro porque de casi todo nos enteramos a golpe de rueda de prensa y no de diario oficial. Es posible, pues, que mi interpretación de lo que ocurre sea errónea. Me disculpo anticipadamente, por lo que quisiera centrarme en una cuestión de legitimidad en general.

La legalidad no permite la consulta prevista por el decreto firmado solemnemente por el presidente Mas, quien la ha frenado tras la suspensión por parte del Tribunal Constitucional. Aquí se evidencia un déficit democrático, argumentan algunos de los defensores de la DUI, y les doy parte de razón. Hubiera sido constitucionalmente posible y políticamente deseable que el Gobierno de Madrid hubiera ejercido sus atribuciones convocando un referéndum consultivo o que las Cortes hubieran permitido la transferencia o delegación de la competencia para convocar a la Generalitat. Probablemente la legalidad acredita aquí un déficit democrático; en todo caso, este déficit no se compensa con una consulta sin garantías legales. No dudo que pueda encontrarse legitimidad más allá de la legalidad, pero la legitimidad no se improvisa. Y hay casos en que no puede darse por supuesta.

Como ahora cuando se aspira a la independencia de Catalunya y se quiere otorgar a los resultados de unas elecciones autonómicas (¿en votos? ¿en escaños?) el valor de un referéndum. Como si se tratara de un proceso de autodeterminación low cost, donde se ahorrara la posibilidad de que los ciudadanos de Catalunya dijeran clara y directamente  o no a la independencia, antes de que sus representantes tomaran una posición irreversible.

Imaginemos por un momento que después de una DUI se hace un referéndum sobre la independencia, y sale un no... O mejor, no imaginamos nada: recordemos. Recordemos que hemos votado, y decidido, sobre la Constitución y el Estatut de 1979. Hemos votado el Estatut del 2006 y lamentablemente nuestro voto no fue decisivo por culpa de la sentencia del Tribunal Constitucional que lo desguazó. Que este voto no sirviera, lo siento. Pero nadie ha renunciado a hacerlo valer para cuestiones trascendentales. No creo que sea exigir demasiado poder votar la independencia de Catalunya. Sé que a muchos les gustaría; yo también quisiera poder votar sobre la independencia con mis conciudadanos. Eso sí, hacerlo en todo caso antes: antes que alguien, en nuestro nombre pero sin preguntárnoslo, la declare unilateralmente.

La DUI no es solo unilateral en relación al Reino de España: si no hay un referéndum previo, digno de este nombre, también es unilateral respecto a los que no quieren la independencia. Todos deberían poder votar  o no. Pero antes, para saber dónde está la mayoría y nadie pueda darla por supuesta. Y, menos aún, invocando abusivamente el derecho a decidir.