Escándalo en la política catalana

El delito fiscal como tapadera

Las fintas judiciales de Pujol pretenden que no se sepa el origen de sus fondos no declarados

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JOAN J. QUERALT

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Apenas han transcurrido cuatro semanas desde la sorprendente carta del president Pujol en la que reconocía que en 34 años no había tenido tiempo para que su esposa e hijos se hubieran puesto al día con Hacienda a causa de una herencia recibida de su padre. Herencia, por otra parte, de la que su hermana y cuñado -este, estrechamente ligado a él- nunca habían tenido noticia. A esta peculiar confesión se añadía la petición de ser perdonado más que pedir perdón.

De la catarata cotidiana de noticias cabe concluir sin temor a apartarse de la verdad que tal carta vino motivada por hechos coincidentes: reportajes periodísticos, actuaciones tributarias, diligencias penales, examantes en liza. Estos elementos forzaron a algunos miembros de la familia Pujol-Ferrusola a regularizar sus débitos con Hacienda; otros parece que ya lo habían hecho. De otros no tenemos noticia, especialmente de los dos hijos (con sus esposas) imputados en diversos y no conectados procesos penales: Jordi Pujol jr. (en la Audiencia Nacional por fraude fiscal y blanqueo de dinero) y el exdiputado Oriol Pujol (en Barcelona por soborno y tráfico de influencias).

A ello se añade la posterior admisión en Barcelona de una indocumentada querella contra el matrimonio Pujol-Ferrusola, tramitada como denuncia y sin haberse imputado aún a nadie, por  malversación, prevaricación, falsedades varias, soborno, fraude a la Administración y otros. Este nuevo juzgado, al igual que lo hiciera el juzgado competente de la Audiencia Nacional, ha pedido a Andorra, vía el convenio europeo de asistenta judicial en materia penal, información relevante de carácter patrimonial sobre los depósitos bancarios que miembros de la familia Pujol tengan o hayan tenido en ese Principado.

Así las cosas, miembros de la susodicha familia presentaron el miércoles en las batllies de Andorra una querella contra persona desconocida por revelación de secreto bancario. Parece que un empleado desleal filtró a terceros, pero no a ningún agente oficial español, datos bancarios de miembros de tal familia. Se pretende afirmar, lo que es mucho afirmar, que los datos ilegalmente divulgados son ilícitos para integrar una causa penal. Lo sería, de acuerdo con la jurisprudencia mayoritaria, si hubiera sido una autoridad española la que hubiera realizado la filtración o la hubiera ordenado ilegalmente. No parece el caso.

En segundo término, tal como hizo Luis Bárcenas en Suiza, se intenta paralizar la tramitación de las comisiones rogatorias alegando todo lo imaginable. Sin embargo, el auxilio judicial internacional no es un proceso en sí: se limita a constatar la formalidad del requerimiento recibido: autoridad emisora, relación sucinta de hechos, delitos posibles, su vigencia, identidad del sujeto sobre el que se recaba información. Verificado esto, se procede a cumplimentar sin más el requerimiento. De no ser así, el juicio de fondo se tramitaría en el juzgado receptor, lo que es absurdo. Estamos ante una maniobra, legítima, pero de poco recorrido.

La esencia de estas oposiciones por parte de los sujetos sobre los que versa la petición interestatal de auxilio judicial es colocarse como víctimas de injustas persecuciones políticas aquí y envolverse -marca de la casa- en la bandera.

Lo que se intenta con estas fintas no es tanto obstaculizar la instrucción en España de los eventuales delitos fiscales en que hayan podido incurrir todos o algunos miembros de la familia Pujol-Ferrusola como evitar la investigación del origen de los capitales no declarados; es decir, de dónde proceden. Si no provinieran de actividades estrictamente entre particulares sino de relaciones con administraciones públicas, se abriría un colosal melón. Si llegaran a establecerse, de existir, relaciones entre miembros de la familia Pujol-Ferrusola, gobernara en Catalunya o en España quien gobernara, que hubieran alterado, por ejemplo, contrataciones, adjudicaciones o concesiones públicas, para sí y/o como intermediarios, dando al traste con la limpieza de los procedimientos legalmente establecidos, entrarían en juego otros delitos y no solo el delito fiscal, que pasaría a un segundo plano.

Entre los posibles delitos a ser llamados a escena figura el de malversación de caudales públicos. Este delito tiene una característica: prescribe a los 15 años. Por ello, iniciados en julio del 2014, los procesos se retrotraerían hasta julio de 1999. Dentro de esta ventana temporal se investigarían todos los delitos conexos, fueran de la gravedad y entidad que fueren, como eventuales prevaricaciones y sobornos. Eso es mucho tiempo, muchos negocios, muchas autoridades, muchas (presuntas) alteraciones. Podría hacer saltar por los aires definitivamente el sistema partitocrático vigente y suponer el agosto para los fabricantes de trituradoras de documentos.