Una legislación pendiente

En la boca del lobi

Los grupos de presión son una influencia positiva si están controlados, si no son un riesgo de corrupción

JULI PONCE SOLÉ

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La actividad de los grupos de presión o lobis constituye un importante fenómeno en las democracias actuales, si bien es aún poco conocida entre nosotros. Consiste en la comunicación con agentes o decisores públicos o representantes políticos con la finalidad de influenciar la toma de decisiones públicas, desarrollada por o en nombre de un grupo organizado.

De los datos disponibles se desprende la existencia de numerosos grupos de presión operando en la UE y en España. Siendo un elemento consustancial a las democracias y potencialmente positivo (se atribuye a Kennedy haber dicho que los lobis le explicaban en minutos lo que sus colaboradores tardaban días), lo cierto es que la influencia indebida de los lobis constituye, asimismo, un peligro real para el buen funcionamiento de la democracia y un factor de riesgo de corrupción. Ello fue ya destacado por Adam Smith en el siglo XVIII, en su clásica obra 'La riqueza de las naciones', al señalar que cualquier propuesta de una nueva normativa de comercio que proviniera de empresarios debería ser siempre analizada con extremo cuidado para evitar perjuicios al bien común.

Hoy se trata de aceptar su papel e inyectar transparencia y la justa dosis de formalidad en su actividad, mediante una adecuada regulación que proteja a los intereses generales, equilibre el tablero de la participación en la toma de decisiones -especialmente cuando se trata de elaborar leyes, reglamentos u ordenanzas locales- y evite la negociación restringida, informal y opaca, en la que la influencia aceptable puede pasar a ser indebida y constituir un delito de tráfico de influencias, aunque sea muy difícil de probar en la práctica. Mejor prevenir, pues, que curar.

FALTA DE DATOS

FALTA DE DATOSSi bien es más popular el papel de los lobis respecto a nuestros parlamentos, en España un 90% de las leyes finalmente aprobadas parten de proyectos elaborados en el seno de la Administración y aprobados por los gobiernos, ámbito que hasta el momento ha sido objeto de menor interés. Es conocida la actividad de ciertos grupos de presión consistente en enviar borradores de nuevas normas jurídicas, favorables a sus intereses, a las autoridades. Así, ALEC (American Legislative Exchange Council), un grupo de presión norteamericano, se vanagloria de que un 17% de los suyos se convierten en leyes vinculantes. No disponemos aún de datos al respecto en nuestro país…

Entre nosotros, el Parlamento estatal ha conocido diversos intentos de regular esta cuestión, hasta el momento infructuosamente, incluyendo la gran ocasión perdida por la ley estatal de transparencia y buen gobierno del 2013. En el ámbito autonómico, solo Catalunya ha regulado hasta ahora un registro obligatorio de lobis. Sin embargo, no existe una clara regulación de la llamada huella legislativa, recomendada por la OCDE: esto es, un documento público que registraría el momento, la persona y el objeto de un contacto del poder normativo con una persona física o jurídica, con el objeto de asegurar que la influencia de los grupos de interés en el desarrollo de políticas públicas mediante normas no es indebida.

Pero la referencia del artículo 10 de la ley catalana del 2014 de transparencia y buen gobierno a la obligación de hacer públicos los documentos generados «por la intervención de los grupos de interés» debería bastar para que las autoridades registraran y dieran publicidad a estos contactos. Es más, el Tribunal de Justicia de la UE ha dicho en una sentencia de 12 de junio del 2014 (en un caso en el que estaban involucrados Intel y Dell) que del derecho a una buena administración de que gozamos los ciudadanos frente a las instituciones de la UE (y ante las autoridades en España también) se deriva directamente una obligación jurídica exigible a las autoridades de hacer públicos los contactos con privados y los documentos proporcionados por éstos.

Habrá en todo caso que estar atentos a lo que ocurra en la aplicación cotidiana de la reciente legislación en relación a este tema. Pues el papel de los lobis en la nueva normativa que se vaya aprobando (o no) en el futuro es un asunto de práctica política y administrativa limpia, decente e imparcial, como garantía de una buena administración y de un compromiso real contra la corrupción. Que la sociedad vele por ello será crucial en la lucha por el buen gobierno regulatorio que permita la sostenibilidad económica y el justo reparto entre todos de los impactos positivos y negativos de las normas.

Profesor de Derecho Administrativo (UB) y autor del libro 'Negociación de normas y lobbies'.