ANÁLISIS
12 ¡oh!
En el Ayuntamiento de Badalona no se ha llevado a cabo ningún trámite, por lo que no cabe hablar de desobediencia
Joan J. Queralt
Catedrático de Derecho Penal de la UB.
JOAN JOSEP QUERALT
Intentar efectuar un mínimo análisis jurídico sobre un hecho que presenta forma jurídica pero no lo es ni su contenido ni su finalidad no resiste, lógicamente, análisis jurídico por liviano que sea.
La Delegada del Gobierno ha impugnado la resolución, al parecer meramente verbal, del Ayuntamiento de Badalona de mantener abiertas sus dependencias en pleno funcionamiento el 12-O. Y el juez, en una medida sin contradicción con el ayuntamiento demandado -lo que es legal en caso de urgencia-, acuerda la suspensión de esa decisión. La acuerda y la comunica, sin ningún tipo de precisión o añadido ulterior.
Dos son las razones que se dan para adoptar el auto. Por un lado, el peligro para el interés general. No se alcanza a ver cómo la actuación del consistorio badalonés pone en peligro ningún interés general, pues los valores culturales y o sociales a los que alude el auto que motivan la festividad (vista la atrabiliaria exposición de motivos de la ley 18/1987, que la crea) en nada han perjudicado interés general alguno.
Se basa la medida también en la libertad de conciencia de los empleados municipales. Pero, por lo que sabemos, la asistencia era voluntaria y en ningún caso fue impuesta, por lo que ninguna violación de ningún derecho personal se producía. Por si fuera poco, la resolución judicial alude al art. 37.2 del Estatuto de los Trabajadores que establece el 12-O como festividad laboral. Sin embargo, la norma lo establece, precisamente, para los trabajadores, no para los funcionarios. Y la demanda no distingue. Así, al entrar en terreno laboral, podría haber un exceso de jurisdicción, es decir, ausencia de competencia para juzgar el caso, máxime no habiendo ninguna demanda laboral interpuesta ante la jurisdicción competente. Veremos en los próximos días.
De todos modos, para calmar los ánimos de los que ven en las mangas recortadas la máxima desafección patriótica, a la apertura de ayer del ayuntamiento, como es de ver en los reportajes, solo acudieron ediles y ciudadanos en un acto de protesta. No consta la presencia de empleado municipal alguno, por lo que, al margen de otras consideraciones, como la ausencia de una orden expresa, personal y directa, ninguna desobediencia pudo haber: en las dependencias del consistorio ningún trámite llevaron a cabo.
No es trámite local alguno responder con una dramatización política a otra actuación judicial más de la Brigada Aranzadi, que, no siempre con fortuna y con energías merecedoras de mayores empeños, desdibuja las instituciones en su provecho. Utiliza el Derecho para lo que no está previsto, esto es para el combate político. Aunque, claro, alguien debe pensar que a falta de ideas, de empeño y de coraje, buenas son las leyes y, si son a medida, mejor.
Y por si fuera poco, una docena de ayuntamientos vienen desplegando esta 'performance' desde hace tiempo y no han sido merecedores de ninguna actuación. El oportunismo se torna arbitrariedad. Lo que casa mal con tanto constitucionalismo, que se demuestra de boquilla.
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