La Generalitat pide amparo al Constitucional para suspender el traslado de las 44 obras de Lleida a Sijena

El Gobierno aragonés asume que cualquier decisión sobre los bienes se pospone hasta septiembre al ser agosto un mes inhábil

Caja sepulcral de Francisquina d'Erill, una de las piezas de Sijena que custodia el Museu de Lleida.

Caja sepulcral de Francisquina d'Erill, una de las piezas de Sijena que custodia el Museu de Lleida. / periodico

EFE / BARCELONA

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La Generalitat ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) en el que solicita que de forma urgente suspenda el auto de ejecución de sentencia dictado por el Juzgado de Instrucción número 1 de Huesca para el traslado al Monasterio de Sijena de 44 obras de este cenobio depositadas en el Museu de Lleida.

Por su parte, el mismo juzgado ha emitido este viernes una providencia en la que exige a Cataluña que cumpla la sentencia y devuelva las 44 piezas. En su resolución, la juez advierte de las consecuencias legales que podrían tener lugar en caso de no atender el requerimiento, aunque no las especifica ni les pone fecha.

MEDIDAS COERCITIVAS

Al mismo tiempo, el pasado martes, el Gobierno de Aragón pidió a la jueza que exigiera el cumplimiento de la sentencia y que estableciera las medidas coercitivas necesarias para ello. El Gobierno había solicitado además que la primera semana de agosto fuera hábil, pero no ha recibido respuesta, con lo que cualquier decisión sobre los bienes se pospone hasta septiembre, según han indicado a Efe fuentes del Ejecutivo aragonés.

En el recurso de amparo, la Generalitat arguye que estas obras forman parte "de una colección catalogada y protegida por la Ley 9/1993 del patrimonio cultural catalán, y por la Ley 17/1990 de museos", y añade que si la ejecución se hace en los plazos planteados por la juez se podrían producir "perjuicios irreparables" para la parte recurrente.

En abril del pasado año, la titular del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Huesca declaró nulas de pleno derecho las tres operaciones de venta de los bienes del patrimonio histórico-artístico del Monasterio de Sijena a Cataluña entre los años 1983 y 1994, que afectan a un total de 97 piezas. Y un auto de ejecución provisional de la sentencia para la devolución de dichas obras a la orden religiosa de las Sanjuanistas y su traslado al referido monasterio.

RECURSOS DENEGADOS

La Generalitat ya recurrió al TC pidiendo la nulidad de la sentencia y de las medidas cautelares que la acompañaban, pero el tribunal ha ido denegando todos los recursos planteados por la Generalitat, que ante la fecha límite del 25 de julio fijada por el juzgado de Huesca para entregar las obras, accedió a devolver, se entregaron el pasado martes 26 de julio, 53 piezas no catalogadas que se encontraban en el MNAC,se entregaron53 piezas no catalogadas que se encontraban en el MNAC, pero no así las 44, de mayor valor histórico y artístico, depositadas en el Museo de Lleida.

En un nuevo recurso planteado al Constitucional, la Generalitat solicita el amparo del tribunal para que declare la nulidad de una providencia del juzgado de Huesca que inadmitió un incidente de nulidad de actuaciones planteado por la administración catalana, y que el TC garantice así el "derecho a la tutela judicial efectiva de la Generalitat".

El abogado de la Generalitat pide, en este sentido, la "suspensión parcial inmediata" en lo relativo al traslado de los 44 bienes depositados en el Museu de Lleida "pues si la ejecución se hiciese efectiva en los términos planteados, el presente recurso de amparo perdería su finalidad legítima, produciéndose perjuicios irreparables al consejero de Cultura aquí representado".

'CONSELLER' ENTRE LA ESPADA Y LA PARED

Alega el letrado que el plazo dado por la juez para la devolución de las obras llevaría al 'conseller' de Cultura "a incumplir lo preceptuado por la normativa legal catalana" en la Ley 9/1993 del patrimonio cultural catalán y la Ley 17/1990 de museos para el caso del traslado de unos bienes "catalogados y declarados de interés cultural".

En este sentido, argumenta el escrito que "con la suspensión parcial que aquí se solicita se logra preservar el sentido y la eficacia del propio recursos de amparo (...) y al mismo tiempo se evita colocar al consejero de Cultura en una situación entre la espada (de la desobediencia al Juzgado de Huesca) y la pared (de incumplimiento de la normativa legal catalana)".