La actual normativa de la Unión Europea (UE) sobre ayudas públicas a la banca establece que la Comisión Europea sólo autorizará la entrega de fondos a las entidades en apuros para su saneamiento cuando el importe de la ayuda sea menor al coste de liquidar el banco. La normativa contempla tres tipos de procedimientos de liquidación de las entidades financieras insalvables, que protegen a los clientes y depositantes y que hacen recaer el coste del proceso sobre los accionistas.
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Estos mecanismos ya se ha aplicado en 16 bancos en el conjunto de la UE desde el inicio de la crisis financiera en el 2008, según indicaron a este diario fuentes de la Dirección de Competencia de la Comisión Europea, que dirige el comisario Joaquín Almunia.
MODALIDAD ESPAÑOLA / La primera modalidad de liquidación es la que se ha aplicado hasta ahora en España y supone en la práctica la «desaparición de la entidad como un actor del mercado» mediante la venta de la entidad a otro banco, que absorbe sus activos y clientes. Esto es lo que ha ocurrido con la CAM (antigua Caja de Ahorros del Mediterráneo), adquirida por el Banc Sabadell; con Caja Sur, adquirida por la Bilbao Bizkaia Kutxa (BBK); y con la Caja Castilla-La Mancha (CMM), adquirida por Cajastur.
Cuando esta operación implica la concesión de ayudas públicas, la actual normativa europea exige al banco comprador una reestructuración de la entidad adquirida con una «significativa» reducción de su tamaño, red y actividad, proporcional al volumen de ayuda recibida, para compensar las distorsiones a la competencia que implica esa ayuda. Esto es lo que debe hacer el Banc Sabadell con la antigua CAM de aquí al 2015, según las condiciones impuestas por la Comisión Europea el pasado 30 de mayo para autorizar las ayudas públicas de la absorción.
LIQUIDACIÓN PARCIAL / La segunda modalidad es la liquidación parcial, que obliga a las entidades beneficiarias de las ayudas públicas a desprenderse y a abandonar una parte importante de sus actividades. Éste ha sido el caso del grupo bancario alemán Hypo Real Estate y del banco británico Nothern Rock.
El Hypo Bank, por ejemplo, fue obligado por la Comisión Europea a reducir significativamente su tamaño, personal, red y área de actuación geográfica, así como asumir una profunda reforma interna de su gestión. El Hypo Bank tuvo que limitar sus actividades a la financiación inmobiliaria y a la financiación pública y renunciar a su tradicional negocio de financiar infraestructuras, actuar en los mercados financieros y gestionar activos, además de liquidar una de sus filiales y transferir sus activos dañados a otra filial para también su progresiva liquidación.
La tercera modalidad es la liquidación ordenada del banco y sus actividades, porque su coste público es inferior a las ayudas que serían necesarias para reflotarlo. Ésta es la opción utilizada por la Comisión Europea en el banco alemán Westdeutsche Landesbank (WestLB) y el banco irlandés Anglo Irish Bank. Estos procesos implican la transferencia de activos tóxicos a un banco malo que los va liquidando, la venta a otras entidades de las partes del negocio que puedan ser rentables, la liquidación paulatina de los créditos y el abandono de la actividad bancaria.