TRANSPORTE DE VIAJEROS

Primer varapalo de la UE a Uber: debe ser considerada como empresa de transportes

El Tribunal de Justicia de la UE asegura que el servicio está basado en "la organización y gestión de un sistema completo de transporte urbano bajo petición"

SILVIA MARTÍNEZ (BRUSELAS) / JOSEP M. BERENGUERAS (BARCELONA)

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¿Es Uber un servicio de transportes o una plataforma digital de intermediación que pone en contacto a particulares? A juicio del abogado general del Tribunal de Justicia de la UE, Maciej Szpunar, a pesar de que la empresa ofrece un concepto innovador debe ser considerada como una compañía de transporte y por tanto sujeta a licencias autorizaciones. El dictamen supone el primer varapalo para la compañía estadounidense y una victoria para la asociación Elite Taxi de Barcelona que denunció el caso. Fuentes del sector recuerdan que, desde entonces, Uber ha cambiado su modelo de negocio en Europa y ahora solo opera su servicio de vehículos con licencia (VTC).

"El servicio ofrecido por Uber no puede calificarse de servicio de la sociedad de la información" porque se trata más bien "de la organización y gestión de un sistema completo de transporte urbano bajo petición", concluye el abogado general en un esperado dictamen publicado este jueves. El pronunciamiento no es definitivo, aunque el Tribunal de Justicia de la UE suele seguir en la mayoría de los casos en sus sentencias las recomendaciones.

La batalla que enfrenta a Uber y a los taxistas de Barcelona se remonta a 2014 cuando la asociación profesional que agrupa a los taxistas de la ciudad condal interpuso una demanda ante el juzgado de lo mercantil número  3 de Barcelona solicitando que se sancionada a Uber Spain por competencia desleal contra sus taxistas. Concretamente, la asociación denunció que Uber no tiene derecho a prestar el servicio UberPop en la capital catalana porque ni Uber in los propietarios de los vehículos utilizados ni los conductores disponen de licencias y autorizaciones, tal y como establece el reglamento metropolitano del taxi.

El juzgado decidió plantear a la Corte europea varias cuestiones prejudiciales que el abogado general ha empezado a desentrañar este jueves. Según Szpunar, los conductores que circulan en el marco de la plataforma Uber no ejercen una actividad propia que exista de manera independiente de dicha plataforma. Al contrario, señalan, esta actividad únicamente puede existir gracias a la plataforma, sin la cual no tendría ningún sentido. Es más, “Uber controla los factores económicamente relevantes del servicio de transporte urbano ofrecido en el marco de esta plataforma”.

ARGUMENTOS CONTRA UBER

El dictamen echa por tanto por tierra los argumentos de Uber que afirma que se limita a intermediar entre oferta y demanda. “Esta es una visión reduccionista de su papel” porque “Uber hace bastante más que intermediar: ella misma ha creado la oferta, regula sus características y organiza su funcionamiento”. Para empezar, impone a los conductores requisitos previos para el acceso a la actividad y su desarrollo, y recompensa económicamente a los conductores que llevan a cabo un número importante de trayectos y les indica los lugares y los momentos en los que pueden contar con un número de carreras importante o tarifas ventajosas, lo que según el abogado general, permite a la compañía estadunidense adaptar su oferta a la fluctuación de la demanda sin ejercer un control formal sobre los conductores. Además, ejerce un control indirecto sobre la calidad de las prestaciones de los conductores, lo que puede llevarles incluso a ser expulsados de la plataforma, y, por último, determina de hecho el precio del servicio.

Todo esto excluye, a juicio de Szpunar, que la empresa Uber pueda ser considerada como una simple intermediaria entre conductores y pasajeros. “Es erróneo comparar a Uber con plataformas de intermediación como las que permiten reservar un hotel o adquirir billetes de avión”, estima. Y es que, pese a que ofrece un servicio mixto –de intermediación eléctronica primero y de transporte después- el transporte es “sin lugar a dudas la prestación principal” y lo que da “sentido económico” por lo que no puede considerarse de servicio de la sociedad de la información ya que la aplicación para teléfonos inteligentes es un elemento secundario.

Además, Uber no ofrece un servicio de vehículo compartido ya que los pasajeros deciden el destino y a los conductores se les abona un importe “que excede ampliamente el mero reembolso de los gastos ocasionados”. En definitiva, que los servicios que ofrece la empresa deben estar sometidos a las mismas condiciones exigidas a los transportistas no residentes para poder prestar los servicios de transportes en un Estado miembros. Es decir, dispone de las licencias y autorizaciones previstas en la reglamentación.

LA RESPUESTA DE UBER

Tras conocerse la opinión del abogado de la UE, Uber ha emitido un comunicado en el que asegura: "Hoy hemos conocido la opinión del abogado general y esperamos la decisión final del tribunal a finales de año. Ser considerados una empresa de transporte no cambiaría la operativa que actualmente tenemos en la mayoría de países de la Unión Europea. Esta decisión confirma la necesidad de un cambio normativo para que millones de personas puedan acceder a una movilidad más asequible y sostenible".

Desde que los taxistas denunciaron la opertiva de Uber, la empresa ha cambiado su modelo de negocio en Europa. De hecho, solo en Zúrich (Suiza) mantiene el servicio de transporte en vehículos de particulares. En el resto de ciudades en que opera (más de 80) en los países miembro, lo hace con coches que tienen licencias para transportar viajeros (VTC)licencias VTC.

La sentencia, en cambio, sí que puede acabar derivando en la afectación a otros servicios de economía colaborativa basados en que particulares presten servicios, apuntan otras fuentes.