SENTENCIA JUDICIAL
El Supremo anula dos articulos que regulan las ITV en Catalunya
También deja sin efecto la orden que aprobó las bases del concurso en el 2010
El Tribunal Supremo ha anulado dos artículos que regulan la instalación de ITV en Catalunya por vulnerar el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea al no haber "demostrado la necesidad y la proporcionalidad de las mismas". Asimismo, deja sin efecto la orden que aprobó las bases del concurso público del 2010.
Los jueces han anulado los artículos que exigían una cuota máxima de mercado de las empresas que no podía superar el 50% y el que exige una distancia mínima de compatibilidad entre estaciones de una misma empresa.
El fallo de esta sentencia se ha conocido después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea les haya contestado a una cuestión prejudicial que le plantearon sobre si las ITV se podían entender como un servicio público. El tribunal europeo rechazó esta posibilidad y cuestionó la regulación de estos artículos por entender que regula restricciones a la libertad de establecimiento.
Los jueces del alto tribunal asumen esta posición y establecen, como dice la sentencia europea, que la exigencia de cuota máxima de mercado "constituye un obstáculo y hacen menos atractivo a los operadores de otros estados miembros el ejercicio de sus actividades en Catalunya".
Los magistrados tampoco avalan la distancia minima entre instalaciones de una misma empresa porque esta medida "no garantiza que se otorguen servicios de ITV a las zonas con parque móvil reducido" porque la limitación afecta a empresas del mismo grupo, pero no para sus competidoras.
El alto tribunal resuelve la demanda planteada por varias empresas contra el plan territorial de las ITV del 2010 al 2014 que fue anulado por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya en abril del 2012.
REACCIÓN DE LA GENERALITAT
La Generalitat ha asegurado este jueves que está haciendo "las actuaciones necesarias para ajustar el marco normativo vigente a lo que establece la sentencia" dada a conocer por el Tribunal Supremo, según ha explicado en un escueto comunicado. En este sentido, el departamento de Empresa se ha propuesto aprobar en este mandato una ley que ponga al día la legislación sobre ITV. En la nota, la Generalitat también aclara que este fallo "no afecta a la normal prestación del servicio de inspección técnica de vehículos".
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