RECURSO DE GAS NATURAL E IBERDROLA

El Supremo obliga a recalcular el recibo de la luz de 13 millones de clientes desde abril del 2014

Industria volverá a medir el margen de comercialización de las eléctricas en la tarifa regulada PVPC

Contadores de electricidad en una comunidad.

Contadores de electricidad en una comunidad. / JOAN PUIG

SONIA GUTIÉRREZ / BARCELONA

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La tarifa regulada de la luz se recalculará con efectos retroactivos desde abril del 2014 por una sentencia del Tribunal Supremo que da la razón parcialmente a las eléctricas Gas Natural e Iberdrola. A la práctica, eso significa que los casi 13 millones de clientes con la tarifa regulada, denominada Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC), asumirán la diferencia entre lo que pagaron y el nuevo cálculo que se haga ahora.

Aunque el Ministerio de Industria, Energía y Turismo aseguró que «la sentencia no entra a valorar si la cuantía debe ser mayor o menor» y que la refacturación puede ser «en positivo o en negativo», es muy probable que el cliente deba pagar más, ya que de otro modo las eléctricas rara vez hubieran presentado un recurso.

La sentencia se centra en el margen de comercialización, uno de los componentes del recibo, que establece lo que reciben las compañías. El Gobierno, en el real decreto que regula el PVPC, fijó el margen de comercialización para esta tarifa en 4 euros por kilovatio de potencia contratada y año desde el 1 de abril del 2014. Las eléctricas recurrieron por considerar insuficiente e ilegal este margen, y el Supremo ha estimado parcialmente sus recursos, avanzó este miércoles Cinco Días.

NUEVA METODOLOGÍA

El tribunal obliga al Gobierno a elaborar una metodología para calcular el margen de comercialización, ya que considera que en el actual se desconocen «los parámetros de cálculos utilizados», una falta de transparencia que infringe la directiva sobre el mercado interior de la energía de 2009, añade el diario económico. Sin embargo, el Supremo no entra a valorar si el margen anulado es insuficiente para cubrir los costes, precisamente porque no ha habido una fórmula para calcularlo.

Para cumplir la sentencia, Industria ya ha requerido a la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) que elabore un informe sobre los costes para establecer el nuevo margen de comercialización, explicaron fuentes del ministerio que dirige José Manuel Soria. El informe del superregulador servirá de base al Gobierno para definir la metodología, «que tendrá que ser aprobada por real decreto», añadieron. Con el nuevo valor del margen de comercialización se deberá refacturar a los consumidores de PVPC desde el momento que entró en vigor en abril del 2014.

En el 2012, el Tribunal Supremo ya ordenó subir la luz con efectos retroactivos para compensar a las eléctricas por no haber aumentado la parte regulada de la tarifa.