FISCALIDAD

El Supremo amplía la ventaja fiscal en la herencia de empresas familiares

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El Tribunal Supremo ha rechazado que haya que ser socio de la empresa familiar que se hereda para obtener la bonificación fiscal en el Impuesto de Sucesiones, siempre y cuando se cumpla el requisito de ejercer funciones de dirección de la empresa y exista un lazo familiar con los socios de la misma.

De esta forma la Sala Tercera da la razón a dos contribuyentes, hijas del director de cine José Luis Cuerda, que presentaron un recurso de casación ante el alto tribunal contra el rechazo tanto de Hacienda de la Comunidad de Madrid como del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid de aplicar una reducción del 95 por ciento en la base imponible del Impuesto de Sucesiones, por la herencia de su madre.

DOS SENTENCIAS

En dos sentencias de las que ha sido ponente el magistrado Juan Gonzalo Martínez, el Supremo dictamina que las hijas de la fallecida "ejercen funciones de dirección" de la sociedad 'Producciones A Modiño' al ser gerentes de la misma, y "por tal concepto debe entenderse que se cumplen todos los requisitos para aplicar la bonificación".

La cuestión que se discute es si para gozar de dicha ventaja fiscal es necesario que la persona que forma parte del grupo familiar y que ejerce funciones de dirección de la empresa, percibiendo por ello la mayoría de sus rendimientos, debe además ser titular de alguna participación de capital del negocio.

EVITAR EL CIERRE DEL NEGOCIO

El Supremo explica en su auto que, en la medida en que la sociedad goce de exención en el Impuesto sobre el Patrimonio, la transmisión por herencia de la misma o de las acciones en que esté presentada, tendrá una reducción del 95 por ciento en el Impuesto de Sucesiones, siempre que la persona en cuestión pertenezca al grupo de parentesco delimitado por la Ley.

"En consecuencia, está claro que es el supuesto más típico de transmisión de empresa familiar a los hijos y viudos de la causante, siendo para este caso para el que están pesados los beneficios fiscales que favorezcan dicha transmisión", evitando así un eventual cierre del negocio familiar para realizar el pago del impuesto de sucesiones, según reza la sentencia del alto tribunal.