SENTENCIA
El Supremo condena a Sanahuja por información privilegida
El Tribunal confima la multa de 210.000 euros impuesta por la Audiencia Nacional
El Tribunal Supremo ha confirmado la multa de 210.000 euros al expresidente de Metrovacesa Román Sanahuja Pons por comunicar información privilegiada al empresario Eloy Ortega sobre una operación de venta de un paquete de acciones de Luis Portillo. El Supremo desestima así el recurso que interpuso Sanahuja contra la sentencia de la Audiencia Nacional que en junio del 2011 avaló la sanción que le impuso el Ministerio de Economía fijada por infracción muy grave de la Ley de Mercado de Valores.
Según los magistrados, el expresidente de Metrovacesa comunicó al empresario Eloy Ortega, apoderado de la inmobiliaria Residencial Casaodón y representante de la Sociedades del Grupo Cresa, información relativa a la venta de un paquete del 5,66 % pocos días antes de que el expresidente de Colonial Luis Portillo lo vendiera en diciembre de 2005.
Ello fue "determinante", afirman, para que la mercantil adquiriera el 2 de diciembre de ese año 51.780 acciones al precio de 54,26 euros cada una hasta alcanzar un total de 2.809.539 euros.
Una información que, subrayan, "era privilegiada" y no "inconcreta o genérica", ya que la conoció "de forma directa" cuando en una reunión del Consejo, Portillo anunció su intención de vender y posteriormente dio más datos en el transcurso de una comida.
A todo ello se unen "las estrechas relaciones familiares, profesionales y contractuales entre los distintos partícipes en dicha operación", que permiten deducir que Sanahuja desveló a Ortega la pretensión de Portillo con el objeto de incrementar, de forma indirecta, su posición en el capital de Metrovacesa, sin necesidad de formular una oferta pública de adquisición de acciones".
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