EL SECTOR FINANCIERO

La jueza cita como imputado al exdirector general de Caja Navarra Enrique Goñi por el cobro de dietas

El exdirectivo fue consejero de CaixaBank y actualmente es directivo de Criteria CaixaHolding

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La jueza que investiga sobre Caja Navarra (CAN) ha citado a declarar como imputado al exdirector general de CAN Enrique Goñi el próximo 24 de mayo a las 10 horas, en la investigación sobre el cobro de dietas de la entidad. El exdirectivo, que también fue copresidente de Banca Cívica junto con Antonio Pulido, también fue consejero del máximo órgano de gobierno de CaixaBank, cargo que dejó el pasado septiembre. Actualmente, sigue vinculado a esta entidad, ya que es directivo de Criteria CaixaHolding.

Hasta el momento, han declarado ante la jueza como imputados el expresidente del Gobierno navarro Miguel Sanz, el alcalde de Pamplona, Enrique Maya, y el exconsejero de Economía Alvaro Miranda. Los tres eran miembros de la Comisión Permanente de la entidad, junto con la presidenta del Gobierno, Yolanda Barcina, cargo aforado que solo puede ser investigado por el Tribunal Supremo.

La semana pasada declararon como testigos ante la jueza seis cargos de UPN y PSN que formaron parte de la Junta de Entidades Fundadoras de Caja Navarra y que aseguraron que desconocían la existencia de la Comisión Permanente hasta que salió publicado en la prensa.

Reuniones solo informativas

La jueza que instruye el caso señaló en un auto hecho público en marzo que no existe una norma que regule la Comisión Permanente hasta que se aprobó el Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno de la entidad el 24 de junio de 2011, “cuando esas reuniones venían celebrándose y esas dietas cobrándose desde el 31 de agosto de 2010".

En aquel auto, la jueza señalaba que algunas de las reuniones de la Permanente "tenían por objeto únicamente darse por enterados de que no había habido ningún acuerdo nuevo por parte de los órganos de gobierno de la entidad, y que en todo caso se limitaban a informar, sin ningún tipo de participación activa por parte de sus integrantes". La jueza consideraba que "el pago y cobro" de estas cantidades "podría constituir un delito de cohecho, que es consustancial al delito de prevaricación por omisión".