El Juzgado número 1 de Cambados (Pontevedra) ha dictado la primera sentencia relacionada con las participaciones preferentes al estimar «íntegramente» la demanda interpuesta por un afectado contra Novagalicia Banco, declarando «nulo» el contrato de compra de valores realizado en el 2008, de forma que la entidad financiera deberá abonar 7.560 euros más los intereses al denunciante.
Un directivo de Novacaixagalicia discute con un cliente con participaciones preferentes Salvador Sas | EFE
La titular del juzgado, Olga Martín, considera probado que el demandante «no fue debidamente informado de las características de riesgo alto y posible iliquidez que presentaba el producto en cuestión». Además, acepta que «en ningún momento se le manifestó que el contrato suscrito tenía un vencimiento a 31 de diciembre del 2050, y que si lo hubiera sabido nunca lo hubiera firmado».
El demandante, un empleado de almacén que según consta en la sentencia «carece de profundos conocimientos en materia financiera», era desde hacía años cliente de la antigua Caixanova y acudió a su oficina bancaria para constituir un depósito de 10.000 euros que tenía ahorrados.
«El director de la sucursal de Dena le ofreció contratar un tipo de depósito de alta rentabilidad que le permitía disponer de su dinero en todo momento», según recoge la sentencia. Aunque en un primer momento pudo retirar 2.400 euros, ante las dificultades para retirar los 7.560 euros que le quedaban optó por acudir a los tribunales. H